REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2011-001472

PARTE ACTORA: ARGENIS RAMON MATHEUS DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.607.232.

ABOGAD0 APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: MARCIA TORREALBA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 102.006.

PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS SALECA C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: DARWIN JOSE CHACIN Inpreabogado Nro. 143.972

MOTIVO: COBRO DE BENEFICIOS SOCIALES

Hoy 21 de Mayo de 2012 siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CESAR ALVARADO, la parte la actora no compareció por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que por la parte demandada compareció el apoderado judicial abogado DARWIN CHACIN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 143.972. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.

La Juez Temporal


Abg. Rosalux Galíndez Mujica
La Secretaria
Abg. Marlyn Principal



Parte demandada


El Alguacil