REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS, TRUJILLO, PAMPÁ Y PAMPANITO
4.325
…GADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, DIECINUEVE (19) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE.(2012)
202° y 153°
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, con sus recaudos anexos, presentada por la ciudadana: BLANCA ISABEL CARRILLO PRATO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-10.175.616, domiciliada en esta ciudad de Trujillo, Municipio y Estado Trujillo, Asistida por el Abogado RITO ALEXANDER RENGIFO TREJO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro.66.561. De la revisión del presente expediente se observa, que la solicitante de autos, tiene su domicilio en la ciudad de Valera, jurisdicción del Municipio Valera de este Estado Trujillo, así mismo, el domicilio del causante PEDRO ANTONIO CARRILLO URDANETA, fue en la Avenida 5ta., entre Calles 26 y 27, Quinta San Antonio, jurisdicción del Municipio Valera del Estado Trujillo, al igual que los testigos quienes rindieron su declaración, del mismo domicilio, es decir, en la ciudad de Valera, Municipio Valera del Estado Trujillo. En consecuencia, conforme a lo establecido en los Artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal competente, Juzgado de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en virtud, a que este Tribunal es incompetente por el territorio para conocer de la presente solicitud, en tal sentido, se declina la competencia a dicho Juzgado, Y ASÍ SE DECIDE. Remítase el expediente original en la oportunidad de Ley.
EL JUEZ,
ABG. ASDRÚBAL JOSÉ PACHECO DELGADO
LA SECRETARIA
ABG. ESTHER JANETH MALDONADO GODOY