En fecha: 22/06/2012, los ciudadanos: CAIFA OXIDRE CHANG de HERNANDEZ y CESAR ANTONIO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: 3.859.393 y 2.199.229, respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio MIYAMILA MOLINA, inscrita en el I. P. S. A. bajo el N° 92.457, presentaron solicitud de divorcio, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil es decir, ruptura prolongada de la vida en común por más de cinco años. Admitida la solicitud se ordenó la citación de la Fiscal del Ministerio Público, siendo citada el día 17/09/2012 y consignada la boleta en fecha 27-09-2012 por el Alguacil de este Tribunal. En fecha 24/09/2012 la Fiscal del Ministerio Público en materia de familia presentó escrito sin objeciones a la solicitud. Para decidir, el Tribunal, observa: -----------------------------------------------------------------------------
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