Revisado como ha sido las actuaciones que conforman la presente causa, el Tribunal observó lo siguiente: Del estudio exhaustivo del libelo de demanda cursante a los folios 1 al 2 (ambos inclusive) se desprende que la parte actora, ciudadano: LORENZO VICTORIO AZUAJE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, viudo, y titular de la Cédula de Identidad N° V-1.124.110, asistido en este acto por el abogado: NELSON SEGUNDO RODRIGUEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 133.205, demandó el RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA por via principal de conformidad con el artículo 450 del Código de Procedimiento Civil, de un documento de Compra. Venta sobre unas tierras situadas dentro de la Posesión denominada BARAGUA BATATAL, ubicada en Jurisdicción del Antes Municipio, hoy Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, Ahora bien, observó esta Juzgadora, en cuanto a la naturaleza por la materia, que se determina del contenido del Contrato de Compra-Venta que la relación contractual , versa sobre tierras la cual debe ventilarse por ante un Juzgado de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial.- En este orden de ideas, y siendo pues, que la presente acción corresponde a la materia agraria
|