REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, doce de noviembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: KP12-M-2012-000012.-

DEMANDANTE: ISABEL YULMERYS PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.263.676, de este domicilio.
ENDOSATARIO EN PROCURACION PARTE DEMANDADA: JOSÉ GREGORIO ROJAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 54.977.
DEMANDADO: EMILIO JOSÉ RODRÍGUEZ RAMOS, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.181.980, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: LILIANA DEL CARMEN MONTES DE OCA, venezolana, Abogado en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 161.706 y de este domicilio.
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA POR HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO.-

Visto el convenimiento realizado en fecha 29 de Octubre del año 2.012, entre los ciudadanos JOSÉ GREGORIO ROJAS, antes identificado, en su carácter de Endosatario en Procuración de la ciudadana ISABEL YULMERYS PÉREZ, identificada anteriormente y el ciudadano EMILIO JOSÉ RODRÍGUEZ, anteriormente identificado, representado judicialmente por la abogado en ejercicio LILIANA DEL CARMEN MONTES DE OCA, antes identificada, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Regístrese y Publíquese

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Doce (12) días del mes de Noviembre de 2.012. Años: 202° y 153°.
El Juez Provisorio,


Abog. FRANCISCO ZAMBRANO GÓMEZ.
La Secretaria,


Abog. BEATRIZ YÉPEZ.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 114-2012, se publicó siendo las 10:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria,


Abog. BEATRIZ YÉPEZ