REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, once de octubre de dos mil doce
202º y 153º


ASUNTO Nº TP11-L-2012-000310
PARTE ACTORA: ANABEL DEL VALLE MOLERO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-15.602.990
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABOGADA ANDREINA PEREZ SEGOVIA, INSCRITA EN EL I.P.S.A BAJO EL Nº 141.192.
PARTE DEMANDADA: FIRMA MERCANTIL LUNCHERIA AMBROSIA, EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL CIUDADANA: MARIA LUCIA TRIANA PARRA, CON DOMICILIO EN LA AVENIDA BOLIVAR, GALERIA COLONIAL LOCAL 1-B, SECTOR CENTRO; MUNICIPIO TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS


En el día hábil de hoy once de octubre de dos mil doce, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadana: ANABEL DEL VALLE MOLERO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.602.990, no compareció por sí, ni por medio de apoderado judicial a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
EL JUEZ,


ABG. NELSON BRAVO MATERANO
EL SECRETARIO,


ABG. HUBER GIL