REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, veinticuatro de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: KP02-V-2010-000676
Demandante: NORELYS ISABEL VARGAS MALVACIA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-16.898.676.
Asistida Por: la Fiscal Decimaquinta del Ministerio Publico de la circunscripción judicial del estado Lara, Abg. MARIA DE LOS ANGELES MARTINEZ.
Demandado: ENDER FELIPER BEMUDEZ YEPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V- 16.223.785.
Beneficiarios: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de Obligación de Manutención, por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha veintitrés (23) febrero de 2010, la ciudadana: NORELYS ISABEL VARGAS MALVACIA, en beneficio de su hija: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, contra del ciudadano: ENDER FELIPER BEMUDEZ YEPEZ, antes identificado, acompañó su solicitud con copia simple de las partidas de nacimiento de la beneficiaria de autos.
En fecha trece (13) de abril de 2010, se admitió la demanda, se acordó la notificación del demandado.
En fecha diez (10) de febrero de 2011, se aboco al conocimiento de la presente causa la Abg. Alida Villasana de Andueza, asimismo se acordó oír la opinión de la beneficiaria de autos.
En fecha catorce (14) de febrero de 2012, se aboco al conocimiento de la presente causa la Abg. Isabel Victoria Barrera Torres.
En fecha cinco (5) de octubre de 2012, el Secretario de este Tribunal dejo constancia que el día veintiocho (28) de junio de 2012, se dieron por notificados los ciudadanos: NORELYS ISABEL VARGAS MALVACIA y ENDER FELIPER BEMUDEZ YEPEZ, mediante consignación de boleta entregado por el alguacil de este Tribunal.
En fecha nueve (9) de octubre de 2012, este Tribunal fijo audiencia Preliminar de mediación.
En fecha veintitrés (23) de octubre de 2012, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en fase de mediación se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que en aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de Obligación de Manutención, intentado por la ciudadana: NORELYS ISABEL VARGAS MALVACIA, ya identificada, en beneficio de la niña: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, ya identificada y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, veinticuatro (24) de octubre de 2012. Año 202º y 153º.
LA JUEZ PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN,
Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES.
El Secretario.
Abg. Carlos A. Bullones.
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 3390-2.012, siendo las 03:11 p.m.
El Secretario.
Abg. Carlos A. Bullones.
KP02-V-2010-000676
24/10/12
2/2
IVBT/CAB/Carolina R.-
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