REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, Veinticinco de Octubre de dos mil doce
200º y 151º
ASUNTO: KP02-J-2012-005720
Solicitante: ROSMERY DEL CARMEN MARTINEZ NAVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.277.757, asistida por Abg. BELKIS MARTINEZ, en su carácter de Defensora Pública Primera de Protección, Extensión Barquisimeto.
Beneficiaria: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente)
Motivo: Autorización para tramitar Pasaporte.
Vista la solicitud de autorización para tramitar ante el Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), la expedición del pasaporte, introducida por la ciudadana ROSMERY DEL CARMEN MARTINEZ NAVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.277.757, asistida por la Abg. BELKIS MARTINEZ, en su carácter de Defensora Pública Primera de Protección, Extensión Barquisimeto, en beneficio de su hija Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente), por la cual requiere autorización judicial para tramitar pasaporte ante el Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), en virtud de que el padre de la beneficiaria, ciudadano RENY JOSE PIÑA QUERALES C.I. Nº 16.090.193, se niega a comparecer ante el organismo antes indicado a emitir la autorización.
El Tribunal le dio entrada y la admitió en auto dictado el 24 de octubre de 2012 por no ser contraria a derecho y a las buenas costumbres.
En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niñas y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara - Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 177, parágrafo segundo, literal “e”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente en concordancia con el Artículo 22 ejusdem, CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE a la ciudadana ROSMERY DEL CARMEN MARTINEZ NAVAS, para que tramite el pasaporte ante el Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), en beneficio de su hija Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente)
Entréguese a la solicitante, el original con sus resultados, a los fines que surta efecto ante las Autoridades de Identificación Migración y Extranjería, a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Barquisimeto Veinticinco de octubre de 2012. Años: 201° y 153°.

LA JUEZ TERCERA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION

Abg. Lisbeth G. Leal Agüero.

LA SECRETARIA,

Abg. SAILIN RODRIGUEZ

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 2613-2.012, siendo las 02:27 p.m.

LA SECRETARIA,

Abg. SAILIN RODRIGUEZ
LLA/SR/robersi -