REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial
del estado Lara
Barquisimeto, 08 de octubre de 2012
202º y 153º
DEMANDANTE: MARIANA VALENTINA GOZAINE ANDRADE titular de la cédula de identidad N° V- 20.320.948.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: EUCLIDES SEBASTIANI MARQUEZ, inscrito en el IPSA, bajo el N° 64.079.
DEMANDADO: la firma mercantil MEDI GLOBAL LARA C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del estado Lara, bajo el N° 02, tomo 116-A representada en la persona de su presidente LUIS JOSÉ SILVA ZUCAR.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: BORIS FADERPOWER, inscrito en el IPSA bajo el Nº 47.652.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
ASUNTO: KP02-V-2012-00923
Revisado como ha sido el presente asunto y vista la TRANSACCIÓN, efectuada en fecha 03 de Octubre de 2012, por el abogado EUCLIDES SEBASTIANI, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora según consta en poder que riela al folio 5 y el abogado BORIS FADERPOWER en su condición de apoderado judicial de la firma mercantil MEDI GLOBAL LARA C.A, según consta en poder que riela al folio 56 todos identificados en el encabezado. Por cuanto lo acordado no violenta el orden público ni versa sobre materias para cuyo tratamiento estén prohibidas las transacciones y disponiendo las partes de la capacidad suficiente para transar en el presente juicio y así ponerle fin al mismo, se le imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN. En consecuencia, téngase entre las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide.
La Juez Titular
Dra. Patricia Riofrío Peñaloza
El Secretario Accidental
Abg. Christian Torres
PLRP/ct/cq.-