REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 27 de septiembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO : AP41-U-2005-001068 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N

Vista la diligencia de fecha 24 de septiembre del año 2012 suscrita por la ciudadana AURA RONDON, Abogada e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 117.071, actuando en su carácter de apoderada judicial del Municipio Baruta del Estado Miranda, mediante la cual solicita se dicte Auto de Ejecución de la Sentencia dictada en fecha 14 de mayo del año 2012 y recaída en el presente expediente. A fin de proveer lo solicitado, este Tribunal, de la revisión realizada a las Actas que corren insertas en el presente Expediente pudo constatar:
PRIMERO: Que en fecha 14 de mayo del año 2012 se dictó Decisión bajo el No. 1937 mediante la cual se declaró Sin Lugar el presente Recurso Contencioso Tributario y se libraron Boletas de Notificación a cargo de los ciudadanos Sindico Procurador del Municipio Baruta del Estado Miranda, al Contralor del Municipio Baruta del Estado Miranda, al Alcalde del Municipio Baruta del Estado Miranda, al Fiscal del Ministerio Público con competencia Tributaria, y a la recurrente “INSTALL COMPUTER, C.A.”, a los fines de lo dispuesto en el Artículo 277 del Código Orgánico Tributario.
SEGUNDO: Que fueron consignadas las respectivas Boletas de Notificación en su oportunidad, en fecha 24/05/2012 de la Alcalde del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 24/05/2012 Sindico Procurador del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 31/05/2012 al Fiscal del Ministerio Público con competencia en la materia; en fecha 13/06/2012 se libro cartel a la recurrente de marras “INSTALL COMPUTER, C.A.” ; y en fecha 12/07/2012 Contralor del Municipio Baruta del Estado Miranda.
TERCERO: En fecha 26 de julio de 2012, se dictó Auto declarando Firme la Decisión No. 1937 de fecha 14 mayo de 2012. En consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la precitada Sentencia, recaída en el presente procedimiento Contencioso Tributario, intentado por la recurrente “INSTALL COMPUTER, C.A.”, este Tribunal acuerda de conformidad, y por tanto se decreta su ejecución de conformidad con lo previsto en los Artículos 280 del Código Orgánico Tributario, y 523 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente, a cuyo fin se ordena librar boleta de Intimación a la recurrente ““INSTALL COMPUTER, C.A.”, para que proceda al cumplimiento o ejecución voluntaria de la Sentencia en mención a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 264 del vigente Código Orgánico Tributario; a cuyo efecto se conceden Diez (10) días de Despacho, contados a partir de la notificación, para que la recurrente comparezca, por medio de Representante Legal o Apoderado Judicial, a esta Sede Jurisdiccional. Cúmplase y líbrese Boleta de Notificación..-
LA JUEZ


Abg. BERTHA ELENA OLLARVES
EL SECRETARIO


Abg. HECTOR A. ROJAS
La presente decisión se público en su fecha, a las doce (12:00 a.m) horas del día.

EL SECRETARIO


Abg. HECTOR A. ROJAS

ASUNTO : AP41-U-2005-001068
BEOH/HR/MPM.-