REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente del estado Lara con sede en Barquisimeto

Barquisimeto, veinte (20) de septiembre de 2012.
Años: 202º y 153º

ASUNTO: KP02-J-2011-003377
Solicitantes: KIMBERLING KHAROLAY PEREZ ALASTRE y ENMANUEL JESUS DOMINGUEZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 17.356.745 y V-18.135.373.
Beneficiario: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANIGA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR

Vista la solicitud de homologación de acuerdo extrajudicial de Obligación de Manutención, presentada ante este despacho por los ciudadanos por los ciudadanos KIMBERLING KHAROLAY PEREZ ALASTRE y ENMANUEL JESUS DOMINGUEZ LOPEZ, ya identificados, por ante la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Publico.
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Régimen de Convivencia Familiar, el cual consiste en lo siguiente:

“PRIMERO: El padre compartirá con su hijo durante los días de la semana en horas de la tarde buscándolo y retornándolo al hogar materno el mismo día. SEGUNDO: En cuanto a los carnavales, semana santa, fechas decembrinas, entre otras fechas serán compartidas entre ambas partes siendo alterno los años sucesivos. Es todo.”
Por encontrarse el acuerdo trascrito conforme a la Ley y no vulnerar derechos del beneficiario. Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, 20 de septiembre de 2012. Años: 202º y 153º

LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,

Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES.

LA SECRETARIA,

Abg. Sol Chavez

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 2786-2.012 y se publicó siendo las 10:28 a.m.

LA SECRETARIA,

Abg. Sol Chavez


IVBT/SC/Denisse.-
ASUNTO: KP02-J-2011-003377