REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 19 de septiembre de 2012
Años: 202 y 153°

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2012-011200

Vista la solicitud de entrega del vehículo MARCA TOYOTA, SERIAL DE MOTOR 1FZ0478894, SERIAL DE CARROCERIA 8XA21UJ7019007042, PLACA JAJ-36D, presentado por el ciudadano MARIO SEGUNDO GRATEROL LANDAETA, (......); es por lo que este Tribunal de Control Nº 1 pasa a decidir en los siguientes términos:

PRIMERO.- Cursa al folio 44 del presente asunto Acta de Investigación Penal levantada por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana Comando Regional Nº 4, Destacamento Nº 47, Primera Compañía, Primer Pelotón, Punto de Control Fijo, Peaje Cardenalito en el que se deja constancia que el día 29-05-2012, siendo aproximadamente las 2:20 horas, estando de servicio de patrullaje se observo un vehiculo marca Toyota, de color Beige, en el sector Andrés Eloy Blanco, indicándole al conductor del mismo estacionarse al lado derecho de la vía para efectuarle una revisión, presentando las siguientes características Marca Toyota, color Beige, Modelo Techo Duro, Serial de Carrocería 8XAZ1UJ019007042, Serial de Motor 1FZ0478894, AÑO 2001, Placas JAJ-36D, Uso Particular, Tipo Techo Duro, Clase Rustico, según Certificado de Registro de Vehiculo signado con el Nº 27960654, a nombre de Ecdaly Lucia García Rosendo, el mencionado vehiculo era conducido por el ciudadano MARIO SEGUNDO GRATEROL LANDAETA, (......), residenciado en la calle 2 entre carrera 2 y 3 del sector Andrés Eloy Blanco de Barquisimeto del Estado Lara; al realizar la revisión minuciosa se pudo verificar que presenta suplantación y alteración de serial, por lo que los funcionarios actuantes procedieron a la retención del vehiculo.-

SEGUNDO.- Cursa a los folios 30 y 31 Experticia de Reconocimiento y Activación de Seriales practicada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas del Estado Lara signada con el Nº 9700-0056-SDB/AEV-029-07-12, de fecha 04 de julio de 2012 a un vehiculo CLASE RUSTICO, MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, COLOR BEIGE, TIPO TECHO DURO, PLACAS JAJ-36D, en el cual se concluye lo siguiente:

1.- La Chapa identificadora de la carrocería, donde se leen los alfanuméricos 8XA21UJ7019007042, se encuentra ORIGINAL.-
2.- El serial de seguridad de la carrocería denominado “unid” donde se leen los alfanuméricos V8000523, se encuentra ORIGINAL.-
3.- El serial de identificación del motor, donde se leen los alfanuméricos 1FZ0478894, no se puede determinar la originalidad o falsedad del citado serial por cuanto la superficie presenta alto grado de pulimentación.-
4.- El serial de identificación de la carrocería ubicado en el chasis, donde se leen los alfanuméricos 8XA21UJ709007042, en cuanto al sistema de grabados de los dígitos difieren de los que originalmente utiliza la planta ensambladora, por ende, se encuentra FALSO, dejando constancia que la superficie donde se encuentra troquelado dicho serial, presenta signos evidentes de pulimentación y signo de haber sido expuesto a altas temperaturas.-
5.- Se verifico el serial de identificación de la carrocería por ante el Sistema de Identificación e Información Policial (SIPOL), y el mismo no presenta solicitud alguna.-


TERCERO.- Cursa a los folios 54, 55 y 56 del presente asunto Experticia de Seriales, Mecánica y Diseño practicada en fecha 25-06-2012, por funcionarios adscritos a la Oficina de Vehículos de la Sección de Investigaciones de la U.EVT.T.T. Nº 51 Lara a un vehiculo CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO, COLOR BEIGE, USO PARTICULAR, MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, PLACAS JAJ-36D, serial de carrocería 8XAZ1VJ77001997042, AÑO 2001, SERIAL MOTOR 1FZ0478894, AÑO 2001, SERIAL DE MOTOR 1FZ0478894, en el que se concluye lo siguiente:
1) Posee todos los sistemas de identificación (chapa y troqueles) de seriales completos originales e igualmente vinculan en su codificación.-
2) Mecánicamente se le ubicaron algunas reparaciones, características de percance vial, detectadas mas que todo en su área baja, chasis transmisión delantera, pero no afecto seriales, sobre todo los del chasis, no relevantes.-
3) El serial del Motor Original.-
4) No posee información policial y registra ante el INTT, con todas sus características.-
5) Placas Identificadoras son Originales.
6) Todo Original de diseño de planta Toyota

Así mismo se dejo constancia que se practico reconocimiento a un documento con apariencia de Certificado de Registro de Vehiculo signado con el Nº JAJ-36D, con un membrete alusivo a Republica Bolivariana de Venezuela, Ministerio de Poder Popular para la Infraestructura, Instituto Nacional de Transporte Terrestre, otorgado a ECDALY LUCIA GARCIA ROSENDO, (......), y describe a un vehiculo placas JAJ-36D, serial de carrocería 8XA21UJ7019007042, Serial de Motor 1FZ0478894, marca TPYOTA, Modelo TECHO DURO, Año 2001, color Beige, Clase Rustico, Tipo Techo Duro, Uso Particular, el cual resulto ser autentico.-

CUARTO.- Al folio 57 del presente asunto cursa Historial emitido por el Instituto Nacional de Transporte y Transito Terrestre en el que se indican los datos del propietario Cedula /Rif V- 19823142, Nombres ECDALY GARCIA, Datos del Vehículo Placa JAJ36D, Marca Toyota, Modelo TECHO DURO DE L, AÑO 2001.-

QUINTO.- Cursa Experticia de Autenticidad de Documento Nº 9700-127-DC-UD-609-09-12, de fecha 07 de septiembre de 2012 practicada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Crominalisticas del Estado Lara, en el que se concluye respecto al Certificado de Registro de Vehiculo del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura, Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre, de textos impresos donde se puede leer textualmente entre otros: Nro. 8XA21UJ7019007942-2-1, soporte Nro.: 27960654, número de producción INTTT Nro. 7503839, a nombre de ECDALY LUCIA GARCIA ROSENDO, Cédula o Rif: V19823142, clasificado como dubitado, es AUTENTICO.-

SEXTO.- Cursa en autos a los folios 22, 23, 24 y 25 documento autenticado en fecha 09 de abril de 2012 ante la Notaria Publica Segunda de Barquisimeto, mediante la cual la ciudadana ECDALY LUCIA GARCIA ROSENDO, (......), a en venta al ciudadano MARIO SEGUNDO GRATEROL LANDAETA, (......) un vehiculo Serial de Carrocería 8XA21UJ7019007042, SERIAL MOTOR 1FZ0478894, PLACA JAJ36D, MARCA TOYOTA, MODELO TECHO DURO DE L; AÑO 2001; COLOR BEIGE; CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO, USO PARTICULAR.-


En tal sentido, el Código Civil en el artículo 772 establece que la posesión es legítima cuando es continúa, no interrumpida, pacífica, pública, no equivoca y con intención de tener la cosa como suya propia, por lo que en el presente caso se presume que ha poseído de buena fe desde la fecha de la adquisición del vehículo, en consecuencia, este juzgador considera procedente con fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas así como el criterio sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia la cual estableció “ a quienes habiendo acudido al Juez de Control a solicitar su devolución, demuestren en prima facie ser propietario o poseedores legítimos y mas adelante continua la sentencia … en los casos de los vehículos automotores, resulta obligatoria su devolución a quienes exhiban la documentación expedidas por las autoridades administrativas de transito..” , motivo por el cual no obstante el resultado de la Experticia de Reconocimiento y Activación de Seriales practicada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas del Estado Lara signada con el Nº 9700-0056-SDB/AEV-029-07-12, de fecha 04 de julio de 2012, en el cual se concluye lo siguiente: el serial de identificación del motor, donde se leen los alfanuméricos 1FZ0478894, no se puede determinar la originalidad o falsedad del citado serial por cuanto la superficie presenta alto grado de pulimentación; y el serial de identificación de la carrocería ubicado en el chasis, donde se leen los alfanuméricos 8XA21UJ709007042, en cuanto al sistema de grabados de los dígitos difieren de los que originalmente utiliza la planta ensambladora, por ende, se encuentra FALSO, dejando constancia que la superficie donde se encuentra troquelado dicho serial, presenta signos evidentes de pulimentación y signo de haber sido expuesto a altas temperaturas, sin embargo con el resultado que arrojo la misma experticia en la que se concluye que la Chapa identificadora de la carrocería, donde se leen los alfanuméricos 8XA21UJ7019007042, se encuentra ORIGINAL el cual coincide con los seriales que se encuentran en el documento de propiedad, por otra parte con el certificado de origen que cursa en autos pudo determinarse y el documento autenticado por ante la notaria publica pudo determinarse la condición de propietario del ciudadano MARIO SEGUNDO GRATEROL LANDAETA, (......), por lo que quien Juzga decide hacerle la entrega en calidad Depósito del vehiculo CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO, COLOR BEIGE, USO PARTICULAR, MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, PLACAS JAJ-36D, serial de carrocería 8XA21UJ7019007042, AÑO 2001, SERIAL MOTOR 1FZ0478894, AÑO 2001, SERIAL DE MOTOR 1FZ0478894, con la advertencia que no puede realizar ningún acto de comercio con el vehículo.-

DECISIÓN

Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 1º Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA del vehículo antes identificado EN CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano MARIO SEGUNDO GRATEROL LANDAETA, (......), del vehiculo que presenta las siguientes características: CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO, COLOR BEIGE, USO PARTICULAR, MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, PLACAS JAJ-36D, serial de carrocería 8XA21UJ7019007042, AÑO 2001, SERIAL MOTOR 1FZ0478894, AÑO 2001, SERIAL DE MOTOR 1FZ0478894.- Segundo: Oficiar al Estacionamiento Judicial El Corralón, notificando que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega en calidad de deposito del vehículo CLASE RUSTICO, TIPO TECHO DURO, COLOR BEIGE, USO PARTICULAR, MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, PLACAS JAJ-36D, serial de carrocería 8XA21UJ7019007042, AÑO 2001, SERIAL MOTOR 1FZ0478894, AÑO 2001, SERIAL DE MOTOR 1FZ0478894, al ciudadano MARIO SEGUNDO GRATEROL LANDAETA, (......).- Así mismo se acordó la devolución de los documentos originales consignados por el solicitante. Notifíquese a las Partes, ofíciese a la Fiscalía 5ta del Ministerio Público remitiendo la presente causa penal. Regístrese. Cúmplase.-


LA JUEZA PRIMERO EN FUNCIONES DE CONTROL

ABG. WENDY AZUAJE
LA SECRETARIA.