REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara - sede Barquisimeto.
Barquisimeto, 03 de Abril de 2013
202º y 154º
ASUNTO: KP02-V-2012-003658
DEMANDANTE: JOSE ANGEL GUTIERREZ ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.883.682, de éste domicilio.
DEMANDADO: YARELY DORIS PEROZO GARRIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.473.612 de éste domicilio.
BENEFICIARIO: Identidad omitida en concordancia con el articulo 65 de Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes.
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 15 de noviembre de 2012, el ciudadano JOSE ANGEL GUTIERREZ ZAMBRANO ya identificado, presentó demanda por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en contra de la ciudadana YARELY DORIS PEROZO GARRIDO; acompañó su demanda con copia certificada de la partida de nacimiento del beneficiario.
Admitida la demanda, en fecha 22 de noviembre de 2012, la secretaria del Tribunal en fecha 06 de febrero de 2013, certificó la notificación de la parte demandada, y en la misma fecha, se fijó oportunidad para la audiencia de mediación.
Llegada la oportunidad para la audiencia de mediación, se dejó constancia de la inasistencia de las partes a la audiencia, declarándose finalizada la fase de mediación.
En fecha 01 de abril de 2013, oportunidad fijada para que tuviera lugar la celebración de la audiencia de sustanciación entre las partes, se dejó expresa constancia de la incomparecencia al acto de las mismas y conforme lo ordena el artículo 477 eiusdem, este Tribunal necesariamente declara desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR intentado por el ciudadano JOSE ANGEL GUTIERREZ ZAMBRANO, ya identificada, en contra de la ciudadana YARELY DORIS PEROZO GARRIDO y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Asimismo se dispone desincorporar la presente causa del archivo ordinario y remitirlo al Archivo judicial de ésta Circunscripción Judicial.
Tómese nota y désele salida en los libros respectivos de éste Despacho. Devuélvanse los originales a la parte solicitante y expídanse las copias certificadas que la parte solicite, una vez que consigne las copias simples.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Barquisimeto, 03 de Abril de 2013. Año 202º y 154º.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN
Abg. OLGA MARILYN OLIVEROS
LA SECRETARIA,
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 923-2.013, siendo las 11:17 a.m.
LA SECRETARIA,
OMO/ Diana
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