Exp. Nro. 2011-12
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPÁN Y PAMPANITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
En fecha 27 de Noviembre de 2012, se le da entrada a la presente solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, promovida por la ciudadana LIDA ESTHER GUTIERREZ DE GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.175.787, domiciliada en Santa Rosalía, Calle 97, casa 17-48, Maracaibo Estado Zulia , Asistida por el Abogado JEAN CARLOS TERAN DAVILA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro.160.119, mediante la cual solicita se ordene corregir su Acta de Matrimonio, asentada en los Libros de Actas de Matrimonio llevados por ante el Juzgado del Municipio Pampanito del Estado Trujillo, bajo el Nro.02, de fecha 06 de Junio de 1.977. Alegando que, se transcribió el nombre como: ELIDA ESTHER GUTIERREZ MARTINEZ, cuando lo correcto es: “LIDA ESTHER GUTIERREZ MARTINEZ” en el Acta de Matrimonio anotada bajo el Nro.02, de fecha 06/07/77.
En fecha 27 de Noviembre de 2012, se le dio entrada, se numero y formo expediente, se insto a las parte a consignar copia certificada de la Partida de Nacimiento, folio 05.
En fecha 26 de Marzo de 2013, la parte actora diligencio manifestando que consigna poder autenticado, partida de nacimiento y cerificado de bautismo, folios 06 al 15.
Admitida la solicitud en fecha 01 de Abril de 2013, se ordenó notificar a la Fiscal VIII del Ministerio Público del Estado Trujillo, así mismo de conformidad con lo establecido en la parte final del Artículo 507 del Código Civil, se ordenó publicar un Edicto en un diario de mayor circulación de la localidad, emplazando a cuantas personas pudieran ver afectados sus derechos por la rectificación del acta de matrimonio de los ciudadanos JOSE GONZALEZ y ELIDA ESTHER GUTIERREZ MARTINEZ, folio 16.
En fecha 08 de Abril de 2013, la parte actora diligencia retira el Edicto, folio l9.
En fecha 22 de Abril de 2013, el Alguacil diligencia consignando la boleta de notificación de la Fiscal VIII del Ministerio Público del Estado Trujillo, debidamente firmado por ésta en fecha 10 de Abril de 2013, folios 20 y 21.
En fecha 10 de Mayo de 2013, la parte promovente diligencia consignando el ejemplar del Diario “El Tiempo” de fecha 09/05/2013, en el cual aparece publicado el Edicto ordenado, el cual es agregado a los autos del folio 22 al 27.
El Tribunal por auto de fecha 30 de Mayo de 2013, conforme al Artículo 771 del Código de Procedimiento Civil, ordena citar a la Fiscal VIII del Ministerio Público del Estado Trujillo, librando la correspondiente boleta, folios 28 y 29.
En fecha 18 de Julio de 2013, el Alguacil diligencia consignando boleta de citación de la Fiscal VIII del Ministerio Público del Estado Trujillo, debidamente firmada por ésta en fecha 09 de Julio 2013.
Este Tribunal a los fines de dictar sentencia en el presente expediente, lo hace de la siguiente manera:
U N I C O:
Sostiene la solicitante de autos, que en el acta de matrimonio que corre inserta al folio 04 del presente expediente, expedida por el Juzgado del Municipio Pampanito del Distrito y Estado Trujillo, signada con el Nro.02, del año 1.977, para la fecha de su celebración, tenía el nombre ELIDA; razón por la cual solicita a este Tribunal, ordene la rectificación de dicha acta de matrimonio, y se le tenga como: LIDA ESTHER GUTIERREZ MARTINEZ. Para efectos probatorios la solicitante acompaña: Copia certificada de Matrimonio, Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la solicitante Certificado de Bautismo y copia fotostática de la cédula de identidad de LIDA ESTHER GUTIERREZ MARTINEZ.
Este Tribunal después de analizadas las pruebas aportadas por la solicitante, las cuales no fueron desvirtuadas durante el proceso, y comprobado como está el error denunciado, este Juzgador considera procedente en derecho la acción de rectificación del acta de matrimonio a que se contrae el presente procedimiento, Y Así Se Decide.
D I S P O S I T I V A:
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio de los ciudadanos: JOSE GONZALEZ y LIDA ESTHER GUTIERREZ MARTINEZ, plenamente identificados en autos, la cual se encuentra inscrita en los Libros que reposan en el Oficina de Registro Civil del Municipio Pampanito del Estado Trujillo.
En tal sentido, se ordena oficiar a la Oficina de Registro Civil del Municipio Pampanito y se estampe la nota marginal en el libro de matrimonio que reposa en este Tribunal, a los fines de que hagan la correspondiente CORRECCIÓN en el Acta de Matrimonio de los ciudadanos: JOSE GONZALEZ y LIDA ESTHER GUTIERREZ MARTINEZ y se estampe la NOTA MARGINAL correspondiente, en el sentido siguiente:
-Donde dice: “ELIDA ESTHER GUTIERREZ MARTINEZ”, Debe decir: “LIDA ESTHER GUTIERREZ MARTINEZ”
Déjese por Secretaría copia certificada del presente fallo de conformidad a lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1.384 del Código Civil, así mismo, expídanse las copias certificadas de esta sentencia que fueran menester a la interesada y remítanse las necesarias a la Oficina de Registro Civil del Municipio Pampanito del Estado Trujillo, como al Registrador Principal del Estado Trujillo, a los fines consiguientes.
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, a los Trece (13) días del mes de Agosto de Dos Mil Trece.(2013) Años 203° de la
Independencia y 154° de la Federación.
EL JUEZ

ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS

En la misma fecha previa las formalidades de Ley, se publicó el anterior fallo, siendo las 11:30 de la mañana.

EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS