REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, SEIS (06) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRECE.-

203° y 154°

Vista la anterior diligencia de fecha treinta (30) de Julio del presente año, cursante al folio diez (10) del presente expediente comparece el ciudadano: BALDOMERO PAREDES, en su carácter de autos, debidamente asistido en este acto por el Abogado LEONARDO DE JESÚS BARAZARTE DURÁN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 36.388, mediante la cual DESISTE DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO POR CONSIGNACIÓN DE CANÓN DE ARRENDAMIENTO.- Este Tribunal por ser procedente lo solicitado, lo acuerda de conformidad.- En consecuencia se dá por consumado el acto y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y se ordena el Archivo de este Expediente y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado Trujillo, para su archivo definitivo.-
La Jueza,

Abg. Soraya Soler Cuevas
La Secretaria Accidental,

Lic. Beatriz Barroeta de Vásquez

La Suscrita Secretaria Accidental del Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo Licenciada: BEATRIZ BARROETA DE VÁSQUEZ, HACE CONSTAR: Que la anterior copia es traslado fiel y exacto de su original, lo que CERTIFICO en Boconó, a los seis (06) días del mes de Agosto del año dos mil trece.-

La Secretaria Accidental,

S





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