REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, seis de agosto de dos mil trece
203º y 154º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2013-000116
PARTE ACTORA: FERNANDO FERREIRA GOMES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: WALTHER ISRAEL MORA GARCÍA
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES El GRECO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VICTOR BARROETA Y DESIRE RAMIREZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES

En el día hábil de hoy, 6 de Agosto de 2013, siendo las 1:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos FERNANDO FERREIRA GOMES, titular de la cedula de identidad N- 6.289.830, representado por su Apoderado Judicial Abg. WALTER MORA, inscrito en el IPSA bajo el N- 60.802, y la parte demandada INVERSIONES EL GRECO, representada legalmente por GILMAR CAROLINA RANGEL DELGADO, titular de la cedula de identidad N- 13.765.965, en este acto asistida por sus Apoderados Judiciales Abg. VICTOR BARROETA y DESIRE RAMIREZ, inscritos en el IPSA bajo el N- 114.685 y 162.318 quienes han llegado al siguiente acuerdo: Luego de depuradas las cuentas y conceptos que existe anticipos de pago de prestaciones sociales, han llegado al monto por la cantidad de Bs. 912,12 que comprende los conceptos Antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, beneficio de alimentación y cotizaciones del seguro social. La parte demandada entrega en este acto cheque N- 57000123 de la Agencia Bancaria Banco del Tesoro a nombre de Fernando Ferreira por un monto de Bs. 912,12 de fecha 6 de agosto de 2013. En este estado la parte actora esta de acuerdo y libre de constreñimiento acepta los términos del presente acuerdo. Las partes solicitan se homologue el acuerdo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. No se condena en costas por el acuerdo llegado entre las partes, se devuelven los escritos de pruebas a las partes, la parte actora recibe el cheque de pago en este acto, se termina la audiencia preliminar se lee y firman.
La Juez
La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Egleida Ruiz


El Demandante Abg. Apoderado



Representante Legal de la Demandada Abg. Apoderados