REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, siete de agosto de dos mil trece
203º y 154º


ASUNTO : TP11-S-2013-000010
OFERENTE: INVERSIONES ALVACAL, C.A.
REPRESENTANTES: JEOVANNY JESUS CALDERA ROMAN Y YOEL ALEXANDER BASTIDAS ROMAN
OFERIDO: MARCO ANTONIO BARRETO
MOTIVO OFERTA REAL DE PAGO

Visto que se recibió en fecha 02/07/2013 asunto para sustanciar TP11-S-2013-000010 donde figura como parte oferente INVERSIONES ALVACAL, C.A. representada legalmente por los ciudadanos JEOVANNY JESUS CALDERA ROMAN Y YOEL ALEXANDER BASTIDAS ROMAN, titulares de la cedula de identidad N- 13.926.588 y 11.618.502, asistidos por las Abg. MAYOLIR MARGOT MENDOZA MORILLO Y MARTHA CECILIA WAHAB CORONADO, inscritas en el IPSA bajo el N- 138.204 Y 138.541, contra MARCO ANTONIO BARRETO, oferido; por motivo OFERTA REAL DE PAGO, este Tribunal observa del estudio del asunto lo siguiente: PRIMERO: Que en fecha 03/07/2013 se ordeno corregir libelo de demanda conforme al artículo 123 ord. 3 y 4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, previo a hacerle observaciones sobre el escrito. SEGUNDO: Que en fecha 02/08/2013 la Secretaria certifica resulta del cartel de notificación en forma positiva la cual cursa a los folios 41 al 43 del asunto, evidenciándose que la parte actora recibió el cartel. TERCERO: Que transcurrido el lapso legal establecido la parte no subsano libelo de oferta real de pago incumpliendo con la orden impartida por lo que este Tribunal considera como inadmisible la presente demanda conforme a lo establecido en el artículo 124 ejusdem, en consecuencia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INADMISIBLE LA PRESENTE OFERTA REAL DE PAGO intentada por INVERSIONES ALVACAL, C.A. representada legalmente por los ciudadanos JEOVANNY JESUS CALDERA ROMAN Y YOEL ALEXANDER BASTIDAS ROMAN, titulares de la cedula de identidad N- 13.926.588 y 11.618.502, asistidos por las Abg. MAYOLIR MARGOT MENDOZA MORILLO Y MARTHA CECILIA WAHAB CORONADO, inscritas en el IPSA bajo el N- 138.204 Y 138.541, contra MARCO ANTONIO BARRETO, oferido; por motivo OFERTA REAL DE PAGO, pudiendo ejercer el recurso correspondiente dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de hoy ó presentar nuevamente la oferta. A los siete (07) días del mes de agosto (08) de dos mil trece (2013) Publíquese y Regístrese A los 203° y 154° Siendo las 11:20 a. m.
La Juez

Abg. YULIBETT CALDERÓN La Secretaria

Abg. EGLEIDA RUIZ



En esta misma fecha se publico. La Secretaria

Abg. EGLEIDA RUIZ