REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara con sede en Barquisimeto
Barquisimeto, Doce (12) de Agosto de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: KP02-J-2013-004226

Solicitantes: PEDRO JESUS JIMENEZ LOPEZ y NATHALI ALEXANDRA QUINTERO QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-6.290.211 y 6.307.252 respectivamente.
Beneficiarios: (Identidad omitida en concordancia con el articulo 65 de Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes
Motivo: Homologación Régimen de Convivencia Familiar.
(Modificación)

En virtud del disfrute vacacional correspondiente a los periodos años 2010-2011 y 2011-2012, concedido a la abogada Isabel Victoria Barrera Torres, según oficio CJ-13-1747, de fecha 28 de Mayo de 2013, remitido por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia se aboca la Juez Temporal designada Abg. Sol Izmir Chávez Medina.

Por recibido el escrito que antecede y los recaudos anexos, presentado por la Fiscal 15º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara; a instancia de los ciudadanos PEDRO JESUS JIMENEZ LOPEZ y NATHALI ALEXANDRA QUINTERO QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-6.290.211 y 6.307.252 respectivamente; este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el articulo 315 de la ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. Siendo los acuerdos pautados por las partes los que a continuación se especifican:

UNICO: El padre compartirá con sus hijos fines de semana alternos con la madre (sábados y domingos) buscándolos el día sábado a las 08:00 a.m., retornándolos el día domingo a las 05:00 p.m. iniciando este fin de semana de 03 al 04 de agosto de 2013, compartiendo con el padre y el próximo con la madre y así sucesivamente. Las vacaciones escolares compartirán una semana con el padre y una con la madre, en época de carnavales, semana santa y decembrinas, serán de mutuo acuerdo de forma alterna y equitativas, iniciando el 2014, el carnaval con la madre y semana santa con el padre y así sucesivamente. En las fechas navideñas, serán de igual forma equitativa y alternada todos los años, iniciando este 2013 el 24 de diciembre con el padre, y el 31 con la madre, alterno todos los años, el día del padre estaban con su padre y el día de la madre estarán con la madre. El progenitor se compromete a proteger a sus hijos mientras comparta con ellos, además que NO ingerirá en exceso bebidas alcohólicas mientras este en convivencia con ellos.

Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores de los beneficiarios Identidad omitida en concordancia con el articulo 65 de Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, y siendo que el mismo no vulnera su derecho, por cuanto el régimen de convivencia familiares una Institución Familiar susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por la Fiscal 15º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el convenimiento y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes estado Lara en Barquisimeto, doce (12) de agosto de 2.013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Juez Temporal Primera de Mediación y Sustanciación

ABG. Sol Chávez Medina.
El Secretario.

Abg. Carlos Alfredo Bullones Mendoza



En esta misma fecha se registró bajo el Nº 2162-2013 y se publicó siendo las 10:02 a.m.

El Secretario.

Abg. Carlos Alfredo Bullones Mendoza































KP02-J-2013-004226
12/08/2013
2/2
IVBT/CB/Robersi.-