JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO Y DE MENORES, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, nueve (9) de Diciembre de dos mil trece (2013). 203º y 154º.-
Vista la diligencia de fecha seis (6) de Diciembre de dos mil trece (2013), estampada por los abogados Maricela Guzmán Castillo y Hendels Enrique García Vera, inscritos en Inpreabogado bajo los números 156.872 y 137.406, respectivamente, actuando la primera, con el carácter de apoderada judicial del demandado de autos, ciudadano Manuel Ramón Araujo y de la sociedad mercantil Hotel Paso Suit, C. A., y, el segundo, como tercero interesado apelante; por medio de la cual el último de los mencionados abogados, obrando por sus propios derechos, desiste de la apelación que ejerciera contra auto de homologación dictado por el Tribunal de la causa en fecha 6 de Mayo de 2013, en tanto la apoderada de la parte demandada acepta, en nombre de su representado, el desistimiento formulado por el apelante. En tal virtud, este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DE LA PRESENTE APELACIÓN. En consecuencia, se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de la causa, con oficio.
EL JUEZ SUPERIOR,
Abog. RAFAEL AGUILAR HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA,
Abog. RIMY E. RODRÍGUEZ A.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto que antecede y se remitió el referido expediente al Tribunal de la causa con oficio número 0540-915-2013.
LA SECRETARIA,
|