REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, veintitrés de enero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO: KP12-V-2012-000423
DEMANDANTE: Mariauri Josefina Montes De Oca González, titular de la cédula de identidad Nº V-18.870.798.
ABOGADA ASISTENTE: Carmen Isabel Rojas Aponte, en su condición de Defensora Publica Segunda del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
DEMANDADO: Antony José Delgado Suárez, titular de la cedula de identidad V-17.343.542.
MOTIVO: Obligación de Manutención.
El día 10 de diciembre de 2.012, la ciudadana Mariauri Josefina Montes De Oca González, ya identificada, asistida en este acto por la Defensora Publica Segunda del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Abogada Carmen Isabel Rojas Aponte, solicitó se citara al padre de sus hijos, ciudadano Antony José Delgado Suárez, ya identificado, a los fines de que el mismo cancelara el monto atrasado de la Obligación de Manutención para sus hijo, cantidad que se trata de SEIS MIL BOLIVARES (6.000,00 Bs.), todo conforme a lo establecido en la sentencia 21 de mayo de 2012, signada bajo el Nº 250-2012. En ese mismo acto consignó, copia certificada de las partidas de nacimiento de sus hijos, copia fotostática de su cédula de identidad y copia certificada de la sentencia de fecha 21 de mayo de 2012, signada bajo el Nº 250-2012
En fecha 13 de diciembre de 2.012, se admitió la demanda, se ordenó oír la opinión de los niños y se ordenó librar boleta de notificación al demandado ciudadano Antony José Delgado Suárez, antes identificado.
En fecha 20 de diciembre de 2012, se dejó expresa constancia de la no comparecencia de los niños a manifestar su opinión.
En fecha 09 de enero de 2.013, el ciudadano alguacil de este circuito judicial de protección, consignó boleta de notificación debidamente firmada y recibida por la ciudadana Susana Suárez, titular de la cedula de identidad Nº 10.761.094.
En fecha 10 de enero de 2013, la suscrita secretaria certificó boleta de notificación de conformidad con la norma del articulo 458 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 11 de enero de 2013, fue fijada la Audiencia de Mediación para el día 22 de enero de 2.013 a las 09:00 a.m.
En fecha 22 de enero de 2.013, día y hora para llevarse a cabo la audiencia entre los ciudadanos Mariauri Josefina Montes De Oca González y Antony José Delgado Suárez, ya identificados, se dejó expresa constancia de la no comparecencia de la partes, es por ello que de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró desistido el procedimiento, debido a la no comparecencia de la parte demandante, antes identificada, tal como consta expresamente mediante acta levantada en la misma fecha, así se decide.
DECISIÒN
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Desistida la demanda de Cumplimiento Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana Mariauri Josefina Montes De Oca González, ya identificada contra el ciudadano Antony José Delgado Suárez, ya identificado y terminado el proceso, con fundamento a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto y su respectiva remisión al archivo judicial.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 23 de enero de 2013. Años. 202º y 153º.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
Abg. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
Abg. MARYHE G ALVAREZ
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 22 - 2.011 y se publicó siendo las 09:17 a.m.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
Abg. MARYHE G ALVAREZ
KP12-V-2012-000423
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