REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Veintinueve (29) de enero del año dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO: KP02-J-2012-006236
Solicitantes: MARIA DEL CARMEN CRESPO AGUERO, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.083.907.
Asistidos Por: Abg. CARMEN HERNANDEZ, DEFENSORA PÚBLICA TERCERA DE PROTECCIÓN.
Beneficiarios: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES de 16, 12 y 11 años de edad.
Motivo: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
En fecha 08 de noviembre del 2012 comparece la ciudadana MARIA DEL CARMEN CRESPO AGUERO, actuando en representación de sus hijos KENMER XAVIER, GILBER XAVIER y KARLA GERALDIN SÁNCHEZ CRESPO de 16, 12 y 11 años de edad, plenamente identificados en autos, donde solicita se les declare únicos y universales herederos del de cujus CARLOS ENRIQUE SÁNCHEZ TORREALBA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.247.463, quien falleció el día 29 de agosto del 2012, según se evidencia del acta de defunción expedida por el Registro Civil del Hospital Dr. Pastor Oropeza la parroquia Juan de Villegas del municipio Iribarren del estado Lara, bajo el Nº 599, del Libro de Registro Civil de Defunciones del año 2012, fundamentó su solicitud en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, acompañó la misma con copia certificada del acta de defunción y de las partidas de nacimiento de los beneficiarios.
En fecha 22 de noviembre de 2012, se admitió la solicitud, se ordenó oír la opinión de los testigos y la publicación de un edicto.
En fecha 17 de diciembre de 2012 comparece la solicitante, a los fines de realizar la consignación del Edicto debidamente publicado en el DIARIO LA PRENSA.
En fecha 11 de enero 2013 se evacuaron las testifícales de los ciudadanos BRUNO DE JESUS OLLALVE PINEDA y MARIA MAYERLIN CRESPO AGUERO titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.879.839 y V-12.249.968 respectivamente.
En fecha 24 de enero de 2013, este Tribunal dejó constancia que el día 15/01/2013 venció el edicto publicado en el diario LA PRENSA publicado en fecha 10 de diciembre de 2012.
Este Tribunal para decidir observa:

UNICO: Con vista de los documentos que constan en autos como son el acta de defunción del de cujus CARLOS ENRIQUE SÁNCHEZ TORREALBA y las copias certificadas de las partidas de nacimiento de sus hijos IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, las cuales se aprecian en todo su valor probatorio, conforme a los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, y tomando en consideración las declaraciones de los testigos, quienes están contestes en afirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian como idóneos conforme el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
DECISIÓN
En consecuencia concordados los elementos probatorios analizados, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y 177 Parágrafo Segundo, literal “d”, DECLARA a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Únicos Universales Herederos, de quien en vida respondía al nombre de CARLOS ENRIQUE SÁNCHEZ TORREALBA.
Hágase entrega de los originales a la parte interesada y déjese constancia en el Libro Diario.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, veintinueve (29) de enero de 2013. Años: 202º y 153º
La Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación

Abg. Isabel Victoria Barrera Torres
El Secretario.
Abg. Carlos bullones
Seguidamente se registro bajo el Nº 245-2.013, siendo las 11:00 a.m.
El Secretario.
Abg. Carlos Bullones

KP02-J-2012-006236
IVBT/CB/Rene-