REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones Quinto de Control
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Barquisimeto, 14 de Febrero de 2013
ASUNTO PRINCIPAL: KPO1- P-2007-002889
FUNDAMENTACIÓN POR NO CUMPLIMIENTO DE SUSPENCIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO
Corresponde a este Tribunal pasa a fundamentar Admisión de Hechos por no cumplimiento de Suspensión Condicional del Proceso, y por admisión de nueva acusación en contra del ciudadano Salazar Pacheco Humberto José titular de la cedula de Identidad Nº 6.021.135, Por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes.
EXPOSICIÓN POR PARTE DEL MINISTERIO PÚBLICO
Solicito la condenatoria del imputado de marras en virtud de que sobre el mismo ya se le dio la ampliación de la suspensión, es por lo que solicito se imponga la pena de inmediato, es todo.
IMPOSICIÓN DEL ACUSADO
En este estado se impone al acusado del precepto constitucional del Art. 49 ordinal 5ª de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que lo exime de declarar en causa propia, en contra de su conyugue o concubina si la tuviera, en contra de sus familiares, en cuarto grado de consanguinidad y segundo afinidad, manifestando el mismo: No deseo declarar, es todo.
ALEGATOS DE LA DEFENSA
Solicito se imponga la pena con las rebajas de ley, es todo.
DECISION
Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones Quinto de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Visto que el acusado de autos, en fecha 09 de junio del 2011 , donde se le acordó la ampliación Suspensión Condicional el cual no cumplió y el informe de delegado de prueba es desfavorable , es por lo que éste Tribunal CONDENA, al ciudadano, Salazar Pacheco Humberto José Cedula de Identidad Nº 6.021.135, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el tráfico y el consumo ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, vigente para el momento de la ocurrencia de los hechos. SEGUNDO: se acuerda la medida cautelar prevista en articulo 242 numera 3º presentarse cada treinta (30) días por ante taquilla de presentación TERCERO Se ORDENA LA REMISION DE LAS PRESENTES ACTUACIONES AL TRIBUNAL DE EJECUCION, que por distribución corresponda una vez vencidos los lapsos de ley.
EL JUEZ PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL
OSWALDO JOSE GONZALES ARAQUE
SECRETARIA