REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco
De la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Sanare, 13 de Febrero del 2013.
Años: 202° y 153°

EXPEDIENTE N° 345/00

PARTES: RAIZA JOSEFINA MARQUEZ LINAREZ CONTRA RAUL ANTONIO PINEDA FERNANDEZ.

BENEFICIARIO: ADELVIS ANTONIO, YELBI ANTONIO y RAYBELIS J.

MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION.

EXTINSION DE LA OBLIGACION.

Previa revisión exhaustiva del presente expediente y por cuanto se desprende de las partidas de nacimientos Nros 839, 848 y 109 folios 423, 427 y 056 de los Libros de Registros Civil de Nacimientos llevados durante los años 1994 y 1.991 respectivamente, en la Prefectura del Municipio Andrés Eloy Blanco, Parroquia Pío Tamayo, Sanare Estado Lara; de los beneficiarios de la presente causa, ciudadanos: ADELVIS ANTONIO, YELBI ANTONIO y RAYBELIS J.; quienes alcanzaron la mayoría de edad, por cuanto nacieron el 09 de Marzo de 1.992 el primero, 06 de Enero de 1991 el segundo y el 30 de octubre de 1.993, el tercero y por no haberse constatado en autos la interposición de alguna de las excepciones establecidas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para que proceda la extensión de la Obligación de Manutención; este Juzgado del Municipio Andrés Eloy de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el articulo 383, ordinal b. de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA EXTINGUIDA, la obligación de manutención por parte del ciudadano: RAUL ANTONIO PINEDA FERNANDEZ, en beneficio de sus hijos: ADELVIS ANTONIO, YELBI ANTONIO y RAYBELIS J. El Tribunal ordena la remisión del presente expediente al archivo Judicial, del mismo con 20 folios, Líbrese el respectivo Oficio al Jefe de Archivo Judicial. Cúmplase.-

El Juez Provisorio,

Abog. Ender A. Rojas R.
La Secretaria del Juzgado

Abog. Caribay Goyo Lucena