REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS, TRUJILLO, PAMPÁ Y PAMPANITO

Exp. Nº 4.527
…GADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, ONCE (11) DE JULIO DE DOS MIL TRECE. (2.013).-
203° y 154°
De la revisión exhaustiva hecha a las presentes actuaciones de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, promovida por la ciudadana ROSA ANTONIA MAGO MUÑOZ, Venezolana, Abogada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.649.613, e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 163.889, domiciliada en la Llanada Sector Nº 3 Calle 11 Casa Nº 18, Cumana Estado Sucre, actuando en su propio nombre y representación, mediante la cual solicita que sea declarada, junto con sus hijos, ciudadanos: GABRIEL ANDRES MORALES MAGO y MANUEL ALEJANDRO MORALES MAGO, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus FRANCISCO GUILLERMO MORALES HACKETT, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.791.918, y falleció en fecha 27 de Febrero de 2013, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral de la Parroquia El Paraíso, del Municipio Libertador del Distrito Capital, signada con el Nro.323, la cual cursa a los folios 5 y 6 del presente expediente.
En tal sentido, este Tribunal observa, que la mencionada documentación de uno de los hijos del causante FRANCISCO GUILLERMO MORALES HACKETT, en su Partida de Nacimiento se identifica como: MANUEL ALEJANDRO, el cual nació el 06 de Diciembre de 1.995, y se evidencia, que el mencionado hijo descendiente, es un adolescente, por cuanto tiene 17 años de edad, tal como consta en su Partida de Nacimiento que corre agregada al folio 10 del presente expediente, en tal virtud, conforme a lo establecido en el Artículo 177, Parágrafo Primero, Literal “m” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado se declara incompetente para conocer de la presente causa, declinando la competencia al Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, a quien se acuerda remitir con oficio en la oportunidad de Ley, Y ASÍ SE DECIDE.
EL JUEZ,


ABG. ASDRÚBAL JOSÉ PACHECO DELGADO

EL SECRETARIO ACCIDENTAL


ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS