Juzgado de los Municipios Carache Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Carache, treinta (30) de Julio de dos mil trece.-

EXPEDIENTE N° 645/2.011.-

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente signado bajo el N° 645/2.011, siendo la demandante: RAIMILETH MARIA VALLES SEGOVIA, y el demandado: GERMAN ANTONIO TROMPETERO MATERANO, por motivo de SOLICITUD DE AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, la cual fue formulada en fecha 12 de de Junio de 2.013, por la demandante arriba mencionada y cumplida como ha sido la citación de la parte demandada, se llevó a efecto el acto conciliatorio, y dichos ciudadanos llegaron al siguiente convenimiento, el ciudadano: GERMAN ANTONIO TROMPETERO MATERANO, se compromete a pasarle a su hijo la cantidad de CUATRO MIL NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 4.900,oo) mensuales y la cantidad de CATORCE MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.14.700,oo) como BONIFICACION DE FIN DE AÑO (AGUINALDOS) Igualmente en cuanto a la deuda pendiente hasta la presente fecha la cual asciende a la cantidad de VEINTE MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs.20.300,oo) el ciudadano GERMAN ANTONIO TROMPETERO MATERANO, se compromete a cancelarlo una vez se le otorgue un préstamo solicitado a la caja de ahorros la cantidad acordada .-
Este Tribunal determina que los términos del convenimiento no son contrarios a los intereses del niño, en consecuencia y de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 8 ejusdem, y el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente causa y se procederá como Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se ordena dejar copia de la Sentencia en el Archivo de este Tribunal.- Ofíciese al ciudadano Director (a) de Recursos Humanos del Consejo Legislativo del Estado Trujillo, para que descuente la cantidad acordada.-
La Juez Provisorio,


Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,

Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
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En la misma fecha se publicó siendo las 11:30 a.m., se dejó copia certificada en el archivo del Juzgado.
La Secretaria,

Abg. Zulay Vergel Cañizalez.