REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ.-

203º y 154º

EXPEDIENTE DE MENORES Nº 3.305-2013.-

MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

LAS PARTES:

DEMANDANTE: MARÍA NAZARIA JARAMILLO GARCÍA, venezolana, de cuarenta y cinco (45) años de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.707.785, domiciliada en La Loma del Pabellón, específicamente en la entrada el Pailón, frente a conocida Familia Ortegano, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó del Estado Trujillo.-

DEMANDADO: FELIX ALIRIO ORTEGANO, venezolano, mayor de edad, Agricultor, domiciliado La Loma del Pabellón, parte baja del Sector el Pailón, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó del Estado Trujillo, y quien trabaja en la Finca de Juan Vicente Carrillo, ubicada cerca de la entrada el Potrerito, Parroquia Mosquey, Municipio Boconó Estado Trujillo.-

SÍNTESIS PROCESAL:
En fecha veintiséis (26) de Abril del año dos mil trece, compareció por ante el Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, la ciudadana: MARÍA NAZARIA JARAMILLO GARCÍA, venezolana, de cuarenta y cinco (45) años de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.707.785, domiciliada en La Loma del Pabellón, específicamente en la entrada el Pailón, frente a conocida Familia Ortegano, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó del Estado Trujillo, solicitando OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN por la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800,00) MENSUALES, así como también el doble de dicha cantidad en los meses de Agosto y Diciembre como bono vacacional y bonificación de fin de año (Aguinaldos), e igualmente el 50% en lo referente a vestuario, calzado, uniformes, útiles escolares, medicamentos y otros gastos que se puedan presentar, para sus hijos: VICTOR MANUEL y JORGE LUÍS JARAMILLO, contra el padre ciudadano: FELIX ALIRIO ORTEGANO, venezolano, mayor de edad, Agricultor, domiciliado La Loma del Pabellón, parte baja del Sector el Pailón, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó del Estado Trujillo, y quien trabaja en la Finca de Juan Vicente Carrillo, ubicada cerca de la entrada el Potrerito, Parroquia Mosquey, Municipio Boconó Estado Trujillo.-
Al folio dos (02) y tres (03), cursan copias de las Partidas de Nacimiento de: VICTOR MANUEL y JORGE LUÍS JARAMILLO.-
Al folio cuatro (04), del presente expediente el Tribunal ADMITE la solicitud de Obligación de Manutención, y se hicieron las participaciones de Ley correspondiente.-
Al folio seis (06) del presente expediente, corre inserta diligencia suscrita por el Alguacil de este Despacho en la cual consigna la boleta que le firmó y otorgó el demandado ciudadano: FELIX ALIRIO ORTEGANO, el Tribunal la agregó y corre inserta al folio siete (07) de autos.-
Al folio ocho (08) en fecha 14 de junio de 2013, siendo las nueve y cuarenta y cinco (9:45) antes meridiem fecha y hora fijada para que tenga lugar el ACTO DE CONCILIACIÓN entre las partes en el presente procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN se anunció el acto a las puertas del Tribunal y se hizo presente solamente la parte demandada, al efecto el Tribunal levantó la respectiva acta dejando constancia que no se verificó dicho acto, por cuanto no se hizo presente la parte demandante e igualmente instó al demandado a dar contestación a la demanda.-
M O T I V A:
Por cuanto la presente causa se encuentra en estado de dictar sentencia; este Tribunal para dictar su fallo observa: PRIMERO: Se deduce que la acción intentada es la de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana: MARÍA NAZARIA JARAMILLO GARCÍA, venezolana, de cuarenta y cinco (45) años de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.707.785, domiciliada en La Loma del Pabellón, específicamente en la entrada el Pailón, frente a conocida Familia Ortegano, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó del Estado Trujillo, a favor de sus hijos VICTOR MANUEL y JORGE LUÍS JARAMILLO, contra el padre, ciudadano: FELIX ALIRIO ORTEGANO, venezolano, mayor de edad, Agricultor, domiciliado La Loma del Pabellón, parte baja del Sector el Pailón, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó del Estado Trujillo, y quien trabaja en la Finca de Juan Vicente Carrillo, ubicada cerca de la entrada el Potrerito, Parroquia Mosquey, Municipio Boconó Estado Trujillo.- SEGUNDA: Admitida la demanda y citado legalmente el demandado y siendo la oportunidad legal a los fines de llevar a efecto el ACTO DE CONCILIACIÓN entre las partes, se hizo presente solamente la parte demandada al efecto el Tribunal levantó la respectiva acta dejando constancia que no se verificó dicho acto, por cuanto la parte demandante no compareció el Tribunal insta al demandado a dar contestación a la demanda.- TERCERO: Durante el lapso probatorio ninguna de las partes hizo uso de ese derecho.- CUARTO: Por cuanto el ciudadano FELIX ALIRIO ORTEGANO, anteriormente identificado, en el acto conciliatorio que corre inserto al folio ocho (8) reconoció a sus hijos VICTOR MANUEL y JORGE LUÍS JARAMILLO, como sus legítimos hijos, es por lo que se acuerda oficiar a las autoridades civiles correspondientes a los fines de que en las partidas de nacimiento de los niños en referencia estampen la NOTA MARGINAL de Reconocimiento correspondiente; éste a su vez tiene el deber de mantenerlos, educarlos e instruirlos, aportándoles los bienes y sumas que sus posibilidades económicas le permitan, porque así lo estatuyen los artículos 365 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; deber fijable por este pronunciamiento, y por ser acorde a derecho la solicitud de Obligación de Manutención formulada por la madre de los mencionados niños debe ser declarada CON LUGAR y ASÍ SE DECIDE.- QUINTO: Este Tribunal por lo que considera prudente no fijar la suma pedida, pero tampoco la ofrecida, es por lo que acuerda fijar la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) mensuales y el doble de dicha cantidad en los meses de agosto y diciembre como bono vacacional y bonificación de fin de año (aguinaldos), el 50% en cuanto a gastos relacionados a vestuario, útiles escolares, uniformes calzado y medicina si es necesario.- ASÍ SE DECIDE.-
D I S P O S I T I V A:
Por los razonamientos antes expuestas, este Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana MARÍA NAZARIA JARAMILLO GARCÍA, venezolana, de cuarenta y cinco (45) años de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.707.785, domiciliada en La Loma del Pabellón, específicamente en la entrada el Pailón, frente a conocida Familia Ortegano, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó del Estado Trujillo en representación de sus hijos VICTOR MANUEL y JORGE LUÍS JARAMILLO, contra el padre ciudadano: FELIX ALIRIO ORTEGANO, venezolano, mayor de edad, Agricultor, domiciliado La Loma del Pabellón, parte baja del Sector el Pailón, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó del Estado Trujillo, y quien trabaja en la Finca de Juan Vicente Carrillo, ubicada cerca de la entrada el Potrerito, Parroquia Mosquey, Municipio Boconó Estado Trujillo.-En consecuencia: PRIMERO: Se fija la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) mensuales y el doble de dicha cantidad en los meses de agosto y diciembre como bono vacacional y bonificación de fin de año (aguinaldos), el 50% en cuanto a gastos relacionados a vestuario, útiles escolares, uniformes calzado y medicina si es necesario, la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, que a sus hijos antes mencionados le debe pasar su padre FELIX ALIRIO ORTEGANO, plenamente identificado en autos, desde este mes y año, dicha cantidad deberá depositarla en la cuenta de ahorros que será aperturada para tal fin en el Banco Bicentenario Agencia Boconó y consignará mensualmente por ante este Tribunal las correspondientes planillas de depósitos bancarios a nombre de la referida madre a quien se ordena notificar mediante oficio que deberá comparecer ante este Tribunal para aperturar cuenta de ahorros SEGUNDO: Impóngase al obligado alimentario de este procedimiento.- TERCERO: Se acuerda oficiar a las autoridades civiles competentes, para que procedan de inmediato a colocar la correspondiente nota marginal de reconocimiento a las partidas de nacimiento de VICTOR MANUEL y JORGE LUÍS JARAMILLO. CUARTO: Provéase y ofíciese lo conducente.-
.- Déjese copia certificada del presente fallo y publíquese.-
Dado, Sellado, Firmado y Refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.- Boconó, a los nueve (09) días del mes de julio de dos mil trece.
Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
La Jueza,

Abg. Soraya Soler Cuevas.
La Secretaria,

Abg. Yonely Fernández Mejía

En la misma fecha se dejó copia certificada de la presente decisión y se publicó siendo a las diez (10:00) antes meridiem y se ofició bajo los Nros. 3220- ____, 3220- _____ ; 3220- ____ y 3220- _____ .-
La Secretaria,






SSC/YFM/lbg.-




La Suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ciudadana: YONELY FERNANDEZ MEJIA, HACE CONSTAR: Que la anterior copia es traslado fiel y exacto de su original, lo que Certifico en Boconó, a los nueve (09) días del mes de julio de dos mil trece.-
La Secretaria,

Abg. Yonely Fernández Mejía




DEFINITIVA DE MENORES
Expediente de Menores N° 3.305-2013.-
















YFM/lbg.






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Boconó, 09 de Julio de 2013
203º y 154°
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS
BOCONO Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO


Nº 3220- _____.-


CIUDADANO:
FELIX ALIRIO ORTEGANO,
domiciliado La Loma del Pabellón, parte baja
del Sector el Pailón, Parroquia El Carmen,
Municipio Boconó del Estado Trujillo,
y quien trabaja en la Finca de Juan Vicente
Carrillo, ubicada cerca de la entrada el
Potrerito, Parroquia Mosquey, Municipio
Boconó Estado Trujillo
Boconó.-

Me dirijo a Usted., en la oportunidad de notificarle que en esta misma, este Tribunal dictó decisión, en la cual fijó la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) mensuales y el doble de dicha cantidad en los meses de agosto y diciembre como bono vacacional y bonificación de fin de año (aguinaldos), el 50% en cuanto a gastos relacionados a vestuario, útiles escolares, uniformes calzado y medicina si es necesario; que le debe suministrar a sus hijos VICTOR MANUEL y JORGE LUÍS JARAMILLO, y queda obligado a depositar esa suma de dinero en el presente mes y año; en la cuenta de ahorros que aperturará la ciudadana MARÍA NAZARIA JARAMILLO GARCÍA, en el Banco Bicentenario en representación de los niños antes mencionados Expediente de Menores Nº 3.305-2013 que cursa en este Despacho.-


Dios y Federación,

Abg. Soraya Soler Cuevas
Jueza

SSC/lbg.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Boconó, 09 de Julio de 2013.
203º y 154°
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS
BOCONO Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO

3220-_____.-


Ciudadano:
Registrador Principal
del Estado Trujillo
Trujillo.-

Me dirijo a Usted muy respetuosamente en la oportunidad de hacer de su conocimiento que el ciudadano: FELIX ALIRIO ORTEGANO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.261.229, en fecha 14 de junio de 2013, reconoció ante este Tribunal como sus hijos legítimos a los adolescentes: VICTOR MANUEL y JORGE LUÍS JARAMILLO, procreados con la ciudadana: MARÍA NAZARIA JARAMILLO GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.707.785, registrados en los Libros llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Carmen, Municipio Boconó, Estado Trujillo, bajo los Nºs 152 y 266, de los años 2000 y 1997, hoy día reposan en el Registro Civil de esta localidad, participación que hago a los fines de que en las partidas de nacimiento en referencia estampen las correspondientes NOTAS MARGINALES de Reconocimiento, de conformidad con el artículo 472 del Código Civil Venezolano.-
Participación que hago a usted a los fines legales consiguientes.-


Dios y Federación,


Abg. Soraya Soler Cuevas
Jueza




SSC/lbg.-





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Boconó, 09 de Julio de 2013.
203º y 154°
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS
BOCONO Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO

3220-____.-

Ciudadano:
Coordinador de Registro Civil Municipal
Municipio Boconó del Estado Trujillo.-
Su Despacho.-

Me dirijo a Usted muy respetuosamente en la oportunidad de hacer de su conocimiento que el ciudadano: FELIX ALIRIO ORTEGANO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.261.229, en fecha 14 de junio de 2013, reconoció ante este Tribunal como sus hijos legítimos a los adolescentes: VICTOR MANUEL y JORGE LUÍS JARAMILLO, procreados con la ciudadana: MARÍA NAZARIA JARAMILLO GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.707.785, registrados en los Libros llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Carmen, Municipio Boconó, Estado Trujillo, bajo los Nºs 152 y 266, de los años 2000 y 1997, hoy día reposan en el Registro Civil de esta localidad, participación que hago a los fines de que en las partidas de nacimiento en referencia estampen las correspondientes NOTAS MARGINALES de Reconocimiento, de conformidad con el artículo 472 del Código Civil Venezolano.-
Participación que hago a usted a los fines legales consiguientes.-

Dios y Federación,


Abg. Soraya Soler Cuevas
Jueza


SSC/lbg.



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Boconó, 09 de Julio de 2013.
203º y 154°
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS
BOCONO Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO


Nº 3220- .-


CIUDADANA:
MARÍA NAZARIA JARAMILLO GARCÍA,
domiciliada en La Loma del Pabellón, específicamente
en la entrada el Pailón, frente a conocida Familia
Ortegano, Parroquia El Carmen,
Municipio Boconó del Estado Trujillo
Boconó.-


Agradézcole comparecer por ante este Despacho, con carácter de urgencia a los fines relacionados con el expediente de menores Nº 3.305-2013, juicio seguido por usted, contra el ciudadano: FELIX ALIRIO ORTEGANO a favor de VICTOR MANUEL y JORGE LUÍS JARAMILLO.-



Dios y Federación,


Abg. Soraya Soler Cuevas
Jueza


SSC/lbg.