REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintidós de julio de dos mil trece
203º y 154º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2012-000417
PARTE ACTORA: EDGAR ALEXANDER PAREDES ARAUJO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VICTOR SUAREZ VILORIA
PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA E INVERSIONES LOS CLAROS S.A y TRUJILLANA DE TRANSPORTE DE GENRY TORO.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MILAGROS PADILLA y JUAN CARLOS VALERO
MOTIVO: COBRO DEP RESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS DE LEY.

En el día hábil de hoy, 22 de Julio de 2013, siendo las 3:13 PM, hora diferida por cuanto el Tribunal estaba en audiencia en el asunto TP11-L-2012-000434 oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos parte demandante EDGAR ALEXANDER PAREDES ARAUJO, titular de la cedula de identidad N- 12.906.225 asistido por el Abg. VICTOR SUAREZ, inscrito en el IPSA bajo el N.38.325, y la parte demandada AGROPECUARIA E INVERSIONES LOS CLAROS S.A, representada legalmente por MIGUEL BRICEÑO, representada judicialmente por la Abg. MILAGROS PADILLA, inscrita en el IPSA bajo el N- 63.773, la empresa TRUJILLANA DE TRANSPORTE DE GENRY TORO, representada legalmente por GENRY TORO representada judicialmente por su Apoderado Abg. Juan Carlos Valero, inscrito en el IPSA bajo el N- 89.927, el tercero DAVID MATHEUS CONSTRUCCIONES, representada legalmente por el ciudadano DAVID MATHEUS , representada judicialmente por el Abg. JUAN CARLOS VALERO, inscrito en el IPSA bajo el N- 89.927, quienes han llegado al siguiente acuerdo: Luego de depurado conceptos y montos se llega a la cantidad de Bs. 70.000, que comprende los conceptos de antigüedad, intereses, vacaciones bono vacacional, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades, utilidades fraccionadas, bonificación asistencia puntual y perfecta, bono de alimentación, suministro de uniforme para vigilante, y cualquier otro concepto adeudado, días feriados reclamados, pagadero en dos partes, la primera de Bs. 40.000,00 para el 30 de julio de 2013 y una segunda y ultima parte de Bs. 30.000,00 para el día 15 de agosto de 2013, que las partes consignaran los pagos para el archivo del asunto. En este estado la parte demandante libre de constreñimiento acepta lo arrojado en mesa y solicitan se homologue el acuerdo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, no se condena en costas por el acuerdo llegado, se devuelven los escritos de pruebas a las partes se lee y firman dando por terminada la audiencia preliminar.
La Juez

La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Sandra Briceño


El demandante Apoderado



Apoderada del Demandando Tercero