REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EXTENSION EL TOCUYO
QUINCE (15) DE JULIO DE DOS MIL TRECE (2013)
203° y 154°
ASUNTO Nº 09-131-A2
- I - DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS.
De conformidad con lo establecido en el ordinal segundo (2°) del artículo 243 de la norma adjetiva, aplicable ésta, por remisión expresa del artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, pasa este Tribunal a señalar las partes y sus apoderados, a cuyo efecto establece:
DEMANDANTE(S): JOSE GREGORIO COLMENAREZ BARRETO, CARLOS ALBERTO RIOS, JOSE ISAIAS VILLEGAS, JUAN RAMON COLMENAREZ BARRETO, TEODULO PEREZ PUERTA, JOSE FRASNCISCO MAMBEL y PEDRO MANUEL ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, títulares de las cédulas de identidad Nº 12.884.490, 6.544.569, 3.965278, 10.120.480, 2.593.341, 3.965.199 y 7.989.480 respectivamente, domiciliados en el Caserío Palo Verde, Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Lara.
DEFENSOR: CARLOS ANDRES PEREZ OCHOA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 69.957, con domicilio procesal en el Centro Comercial La Torcaz, Segundo Piso, Avenida Fraternidad entre calles 18 y 19 de El tocuyo estado Lara.
DEMANDADO(S) ASOCIACION CIVIL UNION CAMPESINA PALO VERDE, representada por la ciudadana ZAIRA VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.621.823, domiciliada en el Caserío Palo Verde, calle principal, sector Tanque viejo, Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Lara.
DEFENSOR: PASTOR LEONARDO GOMEZ, inscrito en el Instituto de
Previsión Social del Abogado bajo el 92.023, con domicilio procesal en la calle Monagas, entre Lara y Bolívar de la ciudad de Carora, Municipio Torres del estado Lara.
MOTIVO: DESISTIMIENTO.
SENTENCIA: HOMOLOGACIÓN.
- II - BREVE RESEÑA DE LOS ANTECEDENTES PROCESALES
Se inicia el presente juicio, incoado por los ciudadanos José Gregorio Colmenarez Barreto, Carlos Alberto Ríos, José Isaías Villegas, Juan Ramón Colmenarez Barreto, Teodulo Pérez Puerta, José Francisco Mambel y Pedro Manuel Escalona, asistidos por el abogado Rubén Darío Farias Harris, interponen formal demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, en contra de la Asociación Civil Unión Campesina Palo Verde, representada por la ciudadana Zaira Villegas. Ante el Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Lara.
En fecha 26 de junio de 2013, mediante auto el Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Lara, se declara incompetente por la materia y declina la presente al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Lara. (Folio 43)
En fecha 6 de julio de 2009, se recibió diligencia suscrita por el abogado Andrés León, en representación de la parte demandante, el cual solicitan la regulación de la Competencia. (Folio 45).
En fecha 07 de julio de 2009, mediante auto se remite copia del expediente al Tribunal Superior Civil de la Circunscripción Judicial del estado Lara. (Folio 58)
En fecha 13 de julio de 2009, mediante auto el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Lara, recibió la presente demanda ordenó darle entrada por secretaría y se le asignó la siguiente nomenclatura del mismo ASUNTO: Nº 09-131-A2. (Folios 61).
En fecha 23 de julio de 2009, este juzgado se trasladó y constituyo en el Caserío Palo verde, Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Lara, se levanto acta correspondiente. (Folio70)
En fecha 17 de Septiembre de 2012, se dicto sentencia Interlocutoria de Declaratoria de Competencia, se libraron boletas de notificación correspondientes (Folio 72-80)
En fecha 19 de Octubre de 2009, se recibió comisión proveniente del Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de estado Lara. (Folio 91-169)
En fecha 22 de Octubre de 2009, se dicto sentencia de conflicto de competencia, en la cual se ordena remitir el expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, se libro oficio correspondiente. (Folio 170-173)
En fecha 13 de enero de 2011, la Sala Plena designo al Magistrado doctor Luís Eduardo Franceschi Gutiérrez, para resolver la presente causa. (Folio 175)
En fecha 06 de julio de 2011, El Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, dicto sentencia en la cual declara competente al Juzgado Segundo de Primera de Instancia agraria para conocer de la presente demanda. (Folio 187-209)
En fecha 07 de noviembre de 2011, se recibió expediente emanado de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, se ordeno su reingreso. (Folio 212)
En fecha 14 de noviembre de 2011, se recibió comisión proveniente del Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Lara. (Folio 215)
En fecha 21 de noviembre de 2011, mediante auto se insta a la parte actora subsane el libelo de la demanda, se libraron boletas de notificación correspondientes. (Folio 234-235)
En fecha 05 de marzo de 2012, se agrego comisión proveniente del Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Lara. (Folio 249-267)
En fecha 08 de marzo de 2012, se recibió escrito de subsanación de demanda, presentado por los abogados Andrés Antonio León Cordero y Eduardo Emiro Pirela González. (Folio 268-270)
En fecha 14 de marzo de 2012, mediante auto se admite a sustanciación la reforma de la demanda, se libro citación correspondiente. (Folio 212-313)
En fecha 01 de Noviembre de 2012, se agrego diligencia suscrita por la parte actora la cual solicitan, se le nombre Defensor Publico Especial Agrario. (Folio 316)
En fecha 13 de Noviembre de 2012, se ordeno oficiar a la Coordinación de la Defensa Publica Extensión Carora, a los fines de designar un Defensor que asuma la defensa Técnica de la parte actora. (Folio 319)
En fecha 06 de diciembre de 2012, se recibió oficio suscrito por el Delegado de la Unidad de la Defensa Publica, abogado Leomar Álvarez. (Folio 322)
En fecha 17 de diciembre de 2012, se ordeno librar boleta de notificación dirigida al abogado Carlos Andrés Pérez Ochoa, Defensor Publico Especial Agrario, a los fines de manifestar su aceptación o excusa al cargo designado. (Folio 329)
En fecha 09 de enero de 2013, se recibió diligencia suscrita por el abogado Johan Alexander Colmenarez, Defensor Publico Suplente Especial Agrario, el cual acepto la designación al cargo. (Folio 328)
En fecha 12 de junio de 2013, se recibió diligencia suscrita por la ciudadana Zaira Villegas, asistida por el abogado Manuel Javier Cardozo, la cual solicito se le nombre Defensor Publico Especial Agrario. (Folio 334)
En fecha 12 de junio de 2013, se ordeno oficiar a la Coordinación de la Defensa Publica Extensión Carora, a los fines de designar un Defensor que asuma la defensa Técnica de la parte demandada. (Folio 319)
En fecha 27 de junio de 2013, se recibió diligencia suscrita por el Defensor Publico Carlos Andrés Pérez Ochoa, en representación de la parte actora quienes desisten del procedimiento de la demanda. (Folio 337-338)
En fecha 28 de junio de 2013, se recibió diligencia suscrita por la ciudadana Alicia de Martínez y Ana Mijares de Barreto, asistidas por el abogado Carlos Andrés Pérez Ochoa Defensor Público Especial Agrario, quienes desisten del procedimiento de la demanda. (Folio 340)
En Fecha 04 de julio de 2013, se recibió oficio suscrito por el Delegado de la Unidad de la Defensa Publica, abogado Leomar Álvarez. (Folio 342)
En fecha 04 de julio de 2013, se recibió diligencia suscrita por los ciudadanos Juan de Mata Colmenarez, Juan Colmenarez Barreto y José Gregorio Colmenarez Barreto, asistidos por el abogado Carlos Andrés Pérez Ochoa Defensor Público Especial Agrario, quienes desisten del procedimiento de la demanda. (Folio 344)
En fecha 09 de julio de 2013, se recibió diligencia suscrita por el ciudadano Wilmer Antonio Mambel Contreras, asistido por el abogado Carlos Andrés Pérez Ochoa Defensor Público Especial Agrario, quien desiste del procedimiento de la demanda. (Folio 345)
- III – MOTIVACIONES
Vista las diligencias de fecha 27 y 28 de junio de 2013, 04 y 09 de julio del presente año, que corren inserto a los folio Nº 337, 338, 340, 344 y 345 en el presente asunto en la cual el Defensor Publico Especial Agrario Carlos Andrés Pérez Ochoa, asistiendo a los ciudadanos José Isaías Villegas, Silvia del Carmen Martínez Colmenarez, Juan Bautista Colmenarez, Jesús Pastor Silva Pérez, Teodulo Pérez Puerta, Maria Auxiliadora Martínez Colmenarez, Lucilo José Colmenarez, Francisca Antonia Martínez de Torres, Maria Antonia Martínez Colmenarez, Carlos Alberto Ríos, Alicia Ramona Villegas de Martínez, Ana Maria Mijares de Barreto, Juan de Mata Colmenarez, Juan Ramón Colmenarez Barreto, José Gregorio Colmenarez Barreto, y Wilmer Antonio Mambel Contreras, parte demandante, desisten del procedimiento incoado en contra de la Asociación Civil Unión Campesina Palo Verde. De conformidad a lo establecido al artículo 263 del Código de Procedimiento Civil el demandante en cualquier estado y grado del proceso podrá desistir la demanda.
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y consecuencialmente, da por terminado el procedimiento incoado en contra de la Asociación Civil Unión Campesina Palo Verde. . Así se decide.
De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaria, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión. Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, El Tocuyo, a los 15 días del mes de Julio del año dos mil trece (2013). Años: 203° y 154°.
La Jueza;
Abog. Ana Cecilia Acosta Malavé.
La Secretaria;
Abog. Aura Rosa Molina
ASUNTO: 09-131-A2.
ACAM/AM/MM
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