REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara - sede Barquisimeto.
Barquisimeto, 01 de Julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO: KP02-V-2013-001238
DEMANDANTE: NEDDY MAYELA ESCALONA VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.728.654, de éste domicilio.
DEMANDADO: VICTOR ANDRES OCANTO FREITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.572174 de éste domicilio.
BENEFICIARIA: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES* OCANTO ESCALONA
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 02 de mayo de 2013, se recibe demanda de REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION en contra del ciudadano VICTOR ANDRES OCANTO FREITEZ.

Admitida la demanda, en fecha 15 de mayo de 2013, se ordenó la notificación del demandado; y la secretaria del Tribunal en fecha 10 de junio de 2013, certificó la notificación de la parte demandada, fijando oportunidad para la celebración de la audiencia de mediación

En fecha 26 de junio de 2013, oportunidad fijada para que tuviera lugar la celebración de la audiencia de mediación entre las partes, se dejó expresa constancia de la incomparecencia de las partes, y conforme lo ordena el artículo 472 ejusdem, este Tribunal necesariamente declaró DESISTIDO el procedimiento.

DECISION.

Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION intentado por la ciudadana NEDDY MAYELA ESCALONA VASQUEZ ya identificada, en contra del ciudadano VICTOR ANDRES OCANTO FREITEZ y en consecuencia extinguida la instancia, pudiendo volver a intentar la acción pasado un mes de la presente decisión. Así se decide.

Regístrese y publíquese
Expídanse las copias certificadas que la parte solicite, una vez que consigne las copias simples.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Barquisimeto, 01 de julio de 2013. Año 203º y 154º.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN


Abg. OLGA MARILYN OLIVEROS
LA SECRETARIA,

En esta misma fecha se registro bajo el Nº 1869-2.013, siendo las 10:03 A m.
LA SECRETARIA,

OMO/ Diana