MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA

En fecha 03-07-2013, compareció el ciudadano: JESUS EDUARDO TOBOZO ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.348.447, soltero, hábil y de este domicilio, donde se dio por notificado de la presente solicitud, asimismo reconoció tanto la firma como el contenido el documento de venta de unas bienhechurías , edificada sobre un terreno ejido, con una superficie de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150 MTS2), ubicada en el margen izquierdo de la carretera hoy autopista-Barquisimeto a Quibor, encuadrada entre las Parroquias Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 1364 del Código Civil, declara Reconocido única y exclusivamente en su contenido y firma el documento privado que riela al folio tres (03) del presente expediente.-