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…GADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, TRECE (13) DE JUNIO DE DOS MIL TRECE.(2013)
203° y 154°
De la revisión exhaustiva hecha a las actuaciones del presente expediente, referida a la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, promovida por la ciudadana: MARIA AGUSTINA TORRES DE DELGADO, Venezolana, mayor de edad, Viuda, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.906.088, domiciliada en Monay, Sector Maracaibito, jurisdicción de la Parroquia La Paz, Municipio Pampán del Estado Trujillo, debidamente Asistida por el Abogado PEDRO JOSE PEÑA SEGOVIA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro.111.882, mediante la cual solicita que sean declarados como Únicos y Universales Herederos, junto con sus hijos, ciudadanos: YUBERY DEL VALLE DELGADO TORRES, ALEXANDER JOSE DELGADO TORRES, MIRALBA DE LA PAZ DELGADO TORRES Y DANNY DE JESUS DELGADO TORRES, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-10.316.489, V-11.126.435, V-11.616.927 y V-13.207.062 respectivamente, del de Cujus JOSE DEL CARMEN DELGADO ANDRADE, quien era Venezolano, de 74 años de edad, de Ocupación Chofer, titular de la cédula de identidad Nro.V-2.677.123, y falleció en fecha 30 de Agosto de 2012, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Cristóbal Mendoza del Municipio y Estado Trujillo, signada con el Nro.242, la cual cursa al folio 4 del presente expediente.
Ahora bien, este Tribunal observa:
Que consta en los autos, instrumento original que riela a los folios 24 al 27 del presente expediente, otorgado por el ciudadano JULIO OMAR MORA CONTRERAS, en su carácter de Presidente del Instituto Agrario Nacional, mediante el cual se acordó adjudicar a Título Definitivo Oneroso al causante de autos JOSE DEL CARMEN DELGADO ANDRADE, titular de la cédula de identidad Nro.2.677.123, la Parcela TM-DIEZ (No. TM-10) del Asentamiento Campesino TABLON-MOROMOY, con una extensión de SEIS HECTÁREAS CON OCHENTA Y CINCO ÁREAS (6,85 has.), ubicada en jurisdicción de la Parroquia La Paz del Municipio Pampán del Estado Trujillo, y alinderada así: NORTE: Vía de penetración hacia Monay; SUR: Parcela No. TM-61; ESTE: Parcela No. TM-64; y OESTE: Vía de Penetración. La misma forma parte de mayor extensión del terreno propiedad del Instituto Agrario Nacional.
En tal sentido, la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en su Artículo 208, Ordinales 1° y 15° establece, que los Tribunales Agrarios, son competentes para conocer de las demandas entre particulares, que se promuevan con ocasión a la actividad Agraria, de las acciones declarativas, petitorias, reivindicatorias y posesorias en materia Agraria, y en general, todas las acciones y controversias entre particulares, relacionado con la actividad Agraria.
En consecuencia, por cuanto la mencionada parcela, se trata de un bien que era propiedad del causante José del Carmen Delgado Andrade, denominada Asentamiento Campesino TABLON-MOROMOY, con una extensión de SEIS HECTÁREAS CON OCHENTA Y CINCO ÁREAS (6,85 has.), ubicada en jurisdicción de la Parroquia La Paz del Municipio Pampán del Estado Trujillo, y, siendo un hecho notorio que las mencionadas Parcelas, son de vocación Agrícola, de acuerdo a Sentencias del Tribunal Supremo de Justicia, ha reconocido la preponderancia de los derechos Agroalimentarios y Ambientales. En criterio del Tribunal, el objeto de esta actuación es de naturaleza Agraria, en tal virtud, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se Declara INCOMPETENTE por la Materia, para conocer del presente expediente, conforme a lo establecido en el Artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, se acuerda remitir la presente Solicitud al Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los fines consiguientes en la oportunidad de Ley.
EL JUEZ,


ABG. ASDRÚBAL JOSÉ PACHECO DELGADO

EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS