Juzgado de los Municipios Carache Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Carache, veinticinco (25) de Junio de dos mil trece.-
EXPEDIENTE N° 716/2.013.-
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente signado bajo el N° 716/2.013, siendo la demandante: NEREIDA JOSEFINA BRACAMONTE CALDERON, y demandado: LUIS ALBERTO VASQUEZ ARTIGAS, por: OBLIGACION DE MANUTENCION, la cual fue formulada en fecha 11 de Junio de 2.013, por la demandante arriba mencionada, en el cual el demandado se dio por citado en fecha19 de Junio de 2.013, renunciando ambas partes al término de ley y se llevó a efecto el acto conciliatorio y dichos ciudadanos llegaron al siguiente convenimiento, el ciudadano: LUIS ALBERTO VASQUEZ ARTIGAS, se compromete a pasarle a la ciudadana: NEREIDA JOSEFINA BRACAMONTE CALDERON, para sus hijos, la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,oo) mensuales que serán entregados en dinero efectivo directamente a la ciudadana: NEREIDA JOSEFINA BRACAMONTE CALDERON, por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, y como BONIFICACION DE FIN AÑO (AGUINALDOS), se compromete en comprarles lo relacionado a vestidos y calzados. Igualmente a cubrir los gastos que eventualmente se presenten por vestido, calzado y medicina los cuales se harán de manera compartida por ambos padres, es decir 50% cada uno.-
Este Tribunal determina que los términos del convenimiento no son contrarios a los intereses de los niños, en consecuencia y de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 8 ejusdem, y el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente causa y se procederá como Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se ordena dejar copia de la Sentencia en el Archivo de este Tribunal.-
La Juez Provisorio,
Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
En la misma fecha se publicó siendo las 11:30 a.m., se dejó copia certificada en el archivo del Juzgado.-
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
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