REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, sede Barquisimeto
Barquisimeto, diez de junio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO : KP02-V-2012-003357
DEMANDANTE: LAYLAY MARINA AVILA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.837.347, de éste domicilio.
DEMANDADO: LUIS ALBERTO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.620.137, de éste domicilio.
HIJO: Identidad Omitida de Conformidad con la Norma del Articulo 65 de la LOPNNA, de 19 y 12 años de edad respectivamente.
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de DIVORCIO CONTENCIOSO, por aplicación del artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 24 de octubre de 2012, la ciudadana LAYLAY MARINA AVILA, ya identificado, presentó demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO en contra del ciudadano LUIS ALBERTO SANCHEZ y acompañó su solicitud con copia certificada del acta de matrimonio, y copia certificada de partida de nacimiento de los hijos procreados.
En fecha 26 de octubre de 2012, se admitió la presente demanda, y se ordenó notificar a la parte demandada.-
En fecha 10 de abril de 2013 se dicto medida preventiva de inmovilización de cuenta bancaria, a la cual el ciudadano LUIS ALBERTO SANCHEZ, se opuso mediante escrito de fecha 07 de mayo de 2013.
Certificada la notificación del demandado en fecha 20 de mayo de 2013, se procedió a fijar oportunidad para la celebración de la audiencia reconciliatoria entre las partes.
Llegada la oportunidad de la celebración de la audiencia el día 05 de junio de 2013, fijada de conformidad con el articulo 521 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, presente en la Sala de Audiencia la Juez OLGA MARILYN OLIVEROS del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, se deja expresa constancia de la incomparecencia del demandante, así como de la inasistencia de la demandada por lo cual, se declaró TERMINADO el procedimiento de conformidad con lo previsto en el artículo 522 de de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en consecuencia extinguida la instancia.
DECISION
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de DIVORCIO CONTENCIOSO, intentado por la ciudadana LAYLAY MARINA AVILA, en contra del ciudadano LUIS ALBERTO SANCHEZ y en consecuencia extinguida la instancia. Se ordena levantar la Medida Preventiva de Inmovilización de Cuenta Bancaria dictada en fecha 10 de abril de 2013, ofíciese lo conducente. Asimismo dispone desincorporar la presente causa del archivo ordinario y remitirlo al Archivo judicial de ésta Circunscripción Judicial. Tómese nota y désele salida en los libros respectivos de éste Despacho.

Regístrese y publíquese. Expídanse las copias certificadas a la partes solicitantes, y devuélvanse los originales, una vez consignadas las copias simples respectivas.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, 10 de junio de 2013. Años 202° y 154°.

La Juez Segunda de Mediación y Sustanciación

Abg. Olga Marilyn Oliveros Guarin
La Secretaria

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1661-2.013, siendo las 10:03 a.m.
La Secretaria
OMO/Erika.-