ASUNTO: KP02-V-2012-002310
SOLICITANTE: HELYZ ANA BLANCO VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.436.340, de este domicilio.

BENEFICIARIAS: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de dieciséis (16) años de edad.

MOTIVO: MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO.

Visto lo manifestado por la ciudadana Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Publico mediante escrito presentado en fecha 11 de abril de 2013 en el cual solicita la ejecución forzosa a los fines de que se cumpla con lo ordenado en la sentencia de fecha 13 de marzo de 2011 con respecto a la obligación de manutención, vencido como se encuentra el lapso para que el ciudadano LUIS ALBERTO ROMERO ADAMS, diera cumplimiento voluntario a la sentencia y presenta un atraso correspondiente a las mensualidades de dos (02) años y que la deuda total es de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000,00) y vencido como ha sido el plazo establecido para que el ciudadano LUIS ALBERTO ROMERO ADAMS, cumpliera voluntariamente a la sentencia como dejo constancia el tribunal mediante auto de fecha 19 de febrero de 2013, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, procédase a la Ejecución Forzosa. esta Juzgadora en aras de garantizar y salvaguardar los derechos e intereses de la beneficiaria de autos respecto a la manutención, la cual comprende todo lo indispensable para el desarrollo integral de (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), que engloba todo lo referente al sustento, vestido, habitación, educación cultura, asistencia y atención médica, medicinas, recreación y deportes que requieren los niños y adolescentes, y de conformidad con lo establecido en el artículo 521 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo estipulado en el articulo 5, 8 y 30 ejusdem. En consecuencia, siendo el total del monto adeudado la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000,ºº), este Tribunal dicta Medida Ejecutiva de Embargo sobre un Vehiculo Propiedad del ciudadano LUIS ALBERTO ROMERO ADAMS de las siguientes características: CLASE CAMIONETA, MARCA TITAN, MODELO T-15, AÑO 81, SERIAL DE CARROCERIA T150825, COLOR AZUL, USO TRANSP. PUBLICO, TIPO VAN, PLACA AW066C, SERIAL MOTOR 11773, el cual le pertenece como consta en documento debidamente protocolizado por ante la Notaria Publica Primera de Barquisimeto del Municipio Iribarren del estado Lara, bajo el Nº 55, Tomo 174, en fecha 30 de octubre de 2007, para la cancelación total de la deuda; asimismo se acuerda el traslado del Tribunal.
Líbrese oficio.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los siete (07) días del mes de junio de dos mil trece (2.013).
La Juez Tercera de Mediación y Sustanciación,

Abg. Lisbeth Leal Agüero
La Secretaria,

Abg. Sailin Rodríguez
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1481-2013 y se publicó siendo las 03:37 p. m.
La Secretaria,

Abg. Sailin Rodríguez
LLA/SR/Denisse.-
ASUNTO: KP02-V-2012-002310