REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 12 de Junio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2007-002389
ASUNTO : KP01-P-2007-002389
AUTO DE CORRECCION DE DATOS
Revisado como ha sido el presente asunto, a solicitud de la ciudadana Milve Beatriz Pineda a los fines de que se subsanara el error que se destaca en la sentencia condenatoria a los fines de ser remitida a la División de Antecedentes Penales, este Tribunal observa que en fecha 10-11-2010 se realiza audiencia en la cual es condenada la ciudadana Milve Beatriz Pineda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº, Natural de: Barquisimeto Edo. Lara; Fecha de Nacimiento: 11-12-1973; Edad: 34 años; Hijo de los ciudadanos: Miriam Pineda y Rubén Mendoza; Estado Civil: soltero; Residenciado en:.
Ahora bien, en fecha 19-11-2010, se dicta sentencia condenatoria, en la que se evidencia de todas sus partes, salvo en al dispositiva, que la misma estaba dirigida a Milve Beatriz Pineda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, no obstante en la parte dispositiva, se menciona, por error de trascripción el nombre de un ciudadano llamado Carlos Daniel Mendoza.
Ante tales circunstancias, a los fines de que se tramite lo conducente en relación a los antecedentes penales de Milve Beatriz Pineda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 9, de conformidad con lo previsto en los Artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda corregir el nombre de la parte dispositiva de la sentencia condenatoria, y en consecuencia a los fines legales consiguientes, la misma debe leerse en el siguiente tenor:
DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Noveno en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena al ciudadano Milve Beatriz Pineda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Natural de: Barquisimeto Edo. Lara; Fecha de Nacimiento: 11-12-1973; Edad: 34 años; Hijo de los ciudadanos: Miriam Pineda y Rubén Mendoza; Estado Civil: soltero; Residenciado en:, a cumplir la pena de dos (02) años y nueve (09) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Corrupción Propia y Asociación para delinquir, tipificados en los artículos 62 de la Ley Contra la Corrupción y artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, calculándose la pena con base a lo dispuesto en las normas sustantivas y procésales respectivas; SEGUNDO: Se prescinde conforme a criterio vinculante establecido en Sentencia Nº 2442 de fecha 21/12/07 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de la imposición de las penas accesorias de vigilancia establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente; TERCERO: Se mantiene a la procesada en la misma situación jurídica que actualmente pesa en su contra, como lo es la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, mientras la presente causa es remitida al Juzgado de Ejecución correspondiente a los fines previstos en el libro Quinto del Código Orgánico Procesal Penal, estableciéndose como fecha probable de cumplimiento de la condena el 10- 08-2013 salvo mejor criterio del Juzgado de Ejecución respectivo; QUINTO: Se exonera a la parte perdedora del pago de costas procesales, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad del sistema de justicia venezolano.
Regístrese, Publíquese y remítase el asunto al Tribunal de Ejecución respectivo, una vez fenecido el lapso de apelación correspondiente. Remítase copia al Director de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Regístrese. Cúmplase.-
La Juez
Abg. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli
Secretario