REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION Nº 02
Barquisimeto 12 de Junio del 2013
Año 202º y 153


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2009-008696

EXTINCIÓN DE PENA POR MUERTE (103 DEL CÓDIGO PENAL)

Examinado el presente asunto en relación a la Extinción de la Pena por Muerte del Penado, este Tribunal para decidir previamente observa:

De la revisión por el Sistema Informático Juris 2000, se pudo constatar en el asunto KJ01-P-2010-000029, perteneciente a este mismo Tribunal, que en fecha 13 de Noviembre del 2012, en atención al Acta de Defunción correspondiente al ciudadano quien en vida respondía al nombre LEIBER EMISAEL HERNANDEZ MENDOZA, donde hace constar que el penado falleció, es por lo que este Tribunal, en Base al Principio de Notoriedad Judicial y de conformidad con el artículo 103 del Código Penal Declara la Extinción de la Pena por muerte del penado. Y Así Se Decide.

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en Base al Principio de Notoriedad Judicial y de conformidad con el artículo 103 del Código Penal Declara la Extinción de la Pena por Muerte de LEIBER EMISAEL HERNANDEZ MENDOZA. Notifíquese a la Fiscalía Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, y a la Defensa.
Regístrese, Publíquese, Remítase y Ofíciese.
EL JUEZ


ABG. LUIS ALFONSO MARTINEZ

LA SECRETARIA