Quíbor, 25 de Marzo de 2013
202° y 154°
EXP. N° 2960.
PARTES: FREITEZ FALCON MADELEINE ALTAGRACIA
C.I. N° V-7.450.475.
FREITEZ JIMENEZ HELIDA ROSA
C.I. N° V-3.876.463. Y OTROS.
MOTIVO: PARTICION
Visto el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por la Ciudadana: MADELEINE ALTAGRACIA FREITEZ FALCON, titular de la cedula de identidad Nº V-7.450.475, parte Demandante en el presente Juicio, asistida por el abogado: NOLBERTO LISCANO, I. P. S .A, Nº 102.439, mediante diligencia inserta al folio Cuarenta y Siete (47), por cuanto tal actuación no es contraria a Derecho, y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el Acto y procede como sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, e imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el archivo del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial del Estado Lara en su oportunidad.
LA JUEZA
DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE
LA SECRETARIA SUPLENTE
ABOG. MARIELVIS BASTIDAS
Exp. N° 2960.-
YRGD/MB/zuly
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