Solicitud Nro. 4.440
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, DIEZ (10) DE MAYO DE DOS MIL TRECE.(2013)
203° y 154°
Vista la solicitud con sus recaudos anexos, presentada por la ciudadana DENIS RAFAELA CASTELLANOS ARIAS, Venezolana, mayor de edad, Viuda, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.446.755, domiciliada en Flor de Patria, jurisdicción del Municipio Pampán del Estado Trujillo, debidamente Asistida por la Abogada COROMOTO BRICEÑO, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro.74.507, mediante la cual solicita que sean declarados como Únicos y Universales Herederos, junto con los ciudadanos: JEHAN CARLOS CONTRERAS CABRERA y ROSSEXYTH CAROLINA CONTRERAS CABRERA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-14.309.149 y V-13.376.238 respectivamente, del de Cujus RAFAEL ANTONIO CONTRERAS BRICEÑO, quien era Venezolano, mayor de edad, Casado, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.214.276, y falleció en fecha 24 de Noviembre de 2012, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Cristóbal Mendoza del Municipio y Estado Trujillo, signada con el Nro.341, la cual cursa al folio 3 del presente expediente. Ahora bien, este Tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados: Acta de Defunción del mencionado extinto Rafael Antonio Contreras Briceño; Copia certificada del Acta de Matrimonio del extinto Rafael Antonio Contreras Briceño con Denis Rafaela Castellanos Arias; Partidas de Nacimiento de los ciudadanos Jehan Carlos Contreras Cabrera y Rossexyth Carolina Contreras Cabrera; Declaración de los testigos, ciudadanos Humberto Ramón de Jesús Ferrini Valbuena y Brain Raniel Ilder Macias.
En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1-) Acta de defunción del causante, donde se evidencia que el mismo falleció en fecha 24 de Noviembre de 2012, tal como lo alegó la solicitante. 2-) Copia certificada del Acta de Matrimonio del extinto Rafael Antonio Contreras Briceño con Denis Rafaela Castellanos Arias, en la cual se constata el vínculo matrimonial que existió entre el causante y la mencionada ciudadana. 3-) Copias certificadas de las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos Jehan Carlos Contreras Cabrera y Rossexyth Carolina Contreras Cabrera, en las cuales se constata que son hijos del causante Rafael Antonio Contreras Briceño. 4-) Declaración de los testigos, ciudadanos Humberto Ramón de Jesús Ferrini Valbuena y Brain Raniel Ilder Macias, rendidas en fecha 30 de Abril de 2013, cursante a los folios 14 y 15 del presente expediente, quienes manifestaron, que conocen de vista, trato y comunicación desde hace muchos años a los ciudadanos Denis Rafaela Castellanos Arias, Jehan Carlos Contreras Cabrera y Rossexyth Carolina Contreras Cabrera; que de la misma manera conocieron al causante Rafael Antonio Contreras Briceño; que les consta que Rafael Antonio Contreras Briceño, era el cónyuge de la señora Denis Rafaela Castellanos Arias, así como el padre de los ciudadanos Jehan Carlos Contreras Briceño y Rossexyth Carolina Contreras Cabrera; que Rafael Antonio Contreras Briceño, falleció el 24 de Noviembre de 2012; que les consta que los ciudadanos Denis Rafaela Castellanos Arias, Jehan Carlos Contreras Cabrera y Rossexyth Carolina Contreras Cabrera, son los únicos y universales herederos del fallecido Rafael Antonio Contreras Briceño. Dichos testigos le merecen fe a este Juzgador, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.
En consecuencia, de lo anteriormente expuesto y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus RAFAEL ANTONIO CONTRERAS BRICEÑO, quien falleciera en fecha 24 de Noviembre de 2012, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Cristóbal Mendoza, Municipio Trujillo del Estado Trujillo, a los ciudadanos: DENIS RAFAELA CASTELLANOS ARIAS, JEHAN CARLOS CONTRERAS CABRERA y ROSSEXYTH CAROLINA CONTRERAS CABRERA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-3.446.755, V-14.309.149 y V-13.376.238 respectivamente, la primera de los nombrados, en su condición de cónyuge, y los siguientes, como hijos del causante RAFAEL ANTONIO CONTRERAS BRICEÑO.
Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.
En virtud a lo requerido por la parte promovente en la Solicitud, se acuerda expedir por Secretaría Dos (2) copias fotostáticas, debidamente certificadas de todas estas actuaciones, haciéndose entrega de las mismas a la interesada.
Así mismo, se acuerda hacer entrega de estas actuaciones en original a la solicitante, dejándose copia fotostática debidamente certificada por Secretaría en el Archivo de este Juzgado.
EL JUEZ


ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL


ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS