REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, trece de mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: TP11-L-2012-000354
Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados en su oportunidad procesal por la parte demandante, ciudadana JAKELIN MARGARITA GONZÁLEZ DE ORTEGA, titular de la cédula de identidad Nº 18.376.754, a través de su apoderado judicial Abogado ENGELS VLADIMIR COLMENARES JEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 165.689 y, por la parte demandada, ESTADO TRUJILLO, por órgano de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO TRUJILLO, mediante la representación de la Procuraduría General del estado Trujillo, a través su apoderado judicial Abogada VIRGINIA ROJAS CONTRERAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 52.736; este Tribunal, estando dentro de la oportunidad prevista en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para su providenciación, procede con base a los particulares siguientes:
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDANTE: Al folio 53 y su vuelto del presente expediente cursa escrito de promoción de pruebas de la parte demandante donde promueve lo siguiente:
1.- Las pruebas documentales consignadas, cursantes del folio 54 al 56 del presente expediente, SE ADMITEN, dejando a salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:
- Oficio de fecha 16 de marzo de 2011, signado con el número 2011(A)-9882, suscrito por el Profesor Benito Flores Sáez, Director de Educación, Cultura y Deporte, cursante al folio 55 del presente expediente.
- Oficio de fecha 07 de junio de 2011, sin número, suscrito por el Profesor Benito Flores Sáez, Director de Educación, Cultura y Deporte, cursante al folio 54 del presente expediente.
- Copia de Acta de fecha 15 de diciembre de 2011, emitida por la Inspectora del Trabajo en Trujillo estado Trujillo, perteneciente al expediente numero 066-2011-03-00441, cursante al folio 56 del presente expediente.
2.- La testimonial de la ciudadana KARINA DEL VALLE MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº 18.734.518, promovida por la parte demandante, SE ADMITE, dejando a salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se advierte que la testigo deberá ser presentada por la parte que la promueve en la audiencia de juicio, con su identificación correspondiente y sin necesidad de notificación alguna, de conformidad con lo previsto en el artículo 153 ejusdem que establece la referida carga procesal.
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA: Del folio 58 al 60 del presente expediente cursa escrito de promoción de pruebas de la parte demandada donde promueve lo siguiente:
Documentales: Los siguientes instrumentos, SE ADMITEN, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejando a salvo su apreciación en la definitiva:
1.- Promueve en un (01) folio útil, copia certificada de la Credencial Nº 2011 (A) – 9882 de fecha 16 de marzo de 2011, emitida por la Dirección de Educación, Cultura y Deporte de la Gobernación del estado Trujillo, marcada con la letra “A”, cursante al folio 61 del presente expediente.
2.- Promueve en dos (02) folios útiles, copia fotostáticas del pedido que hiciera el Departamento de División de Personal de la Gobernación del estado Trujillo, marcada con la letra “B”, de tarjeta de alimentación electrónica y de la relación de beneficio de alimentación del año 2011 cancelada a la ciudadana JAKELIN MARGARITA GONZÁLEZ DE ORTEGA, cursante del folio 62 al 63 del presente expediente.
3.- Consigna en cuatro (04) folios útiles, copia fotostática certificada de la relación de jornada laboral, marcada con la letra “C”, llevada por la Coordinación de Ticket de Alimentación de la Dirección de Educación de la Gobernación del estado Trujillo, cursante del folio 64 al 67 del presente expediente.
LA JUEZA DE JUICIO,
Abg. THANIA OCQUE
LA SECRETARIA,
Abg. EGLEIDA RUIZ