Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: ANA MARIA MERCEDES SUAREZ DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, casada, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-6.566.737 y de este domicilio, asistida por la Abogada en ejercicio MARIA ISABEL BERMUDEZ, inscrita en el I. P. S. A. bajo el N° 177.390 y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante, ciudadana: ANA MARIA MERCEDES SUAREZ DE SANCHEZ,, antes identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un lote de Terreno Ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones.- En consecuencia,