Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: OLINDA DEL CARMEN SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-4.602.011 y de este domicilio, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio JILMA AMERICA PRINCIPAL, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 186.724, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurìas identificadas en la solicitud, edificadas sobre un lote de terreno EJIDO, siendo admitida la misma y evacuados los testigos, los cuales son valorados por este tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones. Este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante, ciudadana: OLINDA DEL CARMEN SANCHEZ, antes identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de Terreno perteneciente al Municipio, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la
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