Visto el escrito de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana: MARIA DEL ROSARIO FALCON BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V-4.376.374, asistida por el abogado en ejercicio ALEXANDER CASAMAYOR MELENDEZ., inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 154.802, en la cual solicita ser declarada ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, conjuntamente con los ciudadanos MARIA ANDREA FALCÓN BARRIOS, REINA DE LAS MERCEDES FALCÓN BARRIOS, MERCEDES DEL CARMEN FALCÓN DE TORRES, MARIA BENANCIA FALCÓN BARRIOS, MARIA EVA FALCÓN BARRIOS, RAFAEL ÁNGEL FALCÓN BARRIOS, JOSÉ MAURICIO FALCÓN BARRIOS, ÁNGEL VICENTE, JUAN BAUTISTA FALCÓN BARRIOS titulares de las cedulas de identidad N° 4.376.374, 3.316.130, 5.439.090, 4.720.120, 2.030.483, 3.080.768, 3.314.372, 2.913.901, 4.730.458, respectivamente y VICTORIA VITILA FALCON DE GONZALEZ (Difunta), titular de la cedula de identidad N° 4.408.150, en la persona de sus hijos, ciudadanos VÍCTOR MANUEL GONZÁLEZ FALCÓN C.I.: 11.596.732, CARMEN RAMONA GONZÁLEZ FALCÓN C.I.: 7.388.567, ÁNGEL VICENTE GONZÁLEZ FALCÓN C.I.: 9.576.823, RAFAEL ANTONIO GONZÁLEZ FALCÓN C.I.: 9.576.823, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ FALCÓN C.I.: 12.245.921 y MAGDALENA DEL CARMEN GONZÁLEZ FALCÓN C.I.: 7.466.850, de la ciudadana: CANDELARIA BARRIOS DE FALCON, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.591.902; quien falleció Ab-Intestato, en el Seguro Social Pastor Oropeza, según consta en Acta de Defunción bajo el Nº 936, expedida por La Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara. Admitida la solicitud a sustanciación y por tratarse de un caso de filiación para asegurar los derechos de
una sucesión intestada, se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada en su debida oportunidad y se ordenó librar Edicto por la presta.
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