Quibor: 08 de Mayo de 2013.
203° y 154°
EXP. Nº 3229.-

PARTES: GOMEZ CAMACARO LUISANA, C.I. Nº V-15.427.954.
FREITEZ NUÑEZ NESTOR ORLANDO C.I. Nº V-13.679.876.
BENEFICIARAS: XXXXXXXXXXXXXXX

MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION

Vista la Conciliación, inserta en el presente expediente inserta a los folios 17 y 18, suscrita por los Ciudadanos: GOMEZ CAMACARO LUISANA Y FREITEZ NUÑEZ NESTOR ORLANDO, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-15.427.954, Y V-13.679.876, respectivamente en beneficio de: XXXXXXXXXXXXXX, por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia, este Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, así mismo ordena la apertura de cuaderno de cumplimiento a fin de llevar el control del presente acuerdo.
LA JUEZA

DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE.

EL SECRETARIO SUPLENTE

ABOG. WILFREDO CONTRERAS

Seguidamente se cumplió lo ordenado (Conste)

EL SECRETARIO SUPLENTE

ABOG. WILFREDO CONTRERAS

Exp. N° 3229.-
YRGD/WC/Zuly