REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL

…GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.-
Trujillo, 13 de noviembre de 2013
203º y 154º
Vistos los escritos de promoción pruebas presentado por las partes en el presente juicio, este tribunal a los fines de proveer o no sobre la admisión de las misas, lo hace de la siguiente manera: PRUEBAS PRESENTADAS POR LA PARTE ACTORA: Con relación al capítulo I se admite cuanto ha lugar en derecho dejando a salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente contraria a la Ley, ni impertinentes, y el Tribunal no tiene prueba alguna que evacuar por tratarse solo de documentales. Con relación al capitulo II, relativa a la Inspección Judicial solicitada en la casa signada con el Nº A-64, ubicada en la avenida Numa Quevedo, Parroquia Chiquinquirá del municipio y estado Trujillo, este tribunal observa que la misma es inconducente para el presente juicio, ya que para probarlo que con ella se quiere debió promover la prueba testimonial, razón por la cual la misma se declara INADMISIBLE. PRUEBAS DE LA PARTE CODEMANDADA FRANCYS ROSALIA MATOS PEÑA: Se admiten cuanto ha lugar en derecho dejando a salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente contraria a la Ley, ni impertinentes. Con relación al capitulo III, sobre la experticia promovida se fija el segundo (2º) día de despacho al de hoy, exclusive, para llevar a cabo el acto de nombramiento de experto, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.). Con relación al capitulo IV para la evacuación de las testimoniales promovidas de los ciudadanos GLADYS MEDINA DE CASTELLANOS, LUIS ALIRIO CASTELLANOS QUINTERO, HERLY ELISABETH ARAJO CALDERON, LORENA DEL CALLE DURAN DE GODOY y SERVIO TULIO GODOY BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.313.745, 5.780.580, 14.557.062, 5.790.395 y 5.782.983 respectivamente, domiciliados en la avenida Numa Quevedo, jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá, municipio y estado Trujillo, se comisiona para su evacuación amplia y suficientemente al Juzgado de los municipio Trujillo, Pampanito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Trujillo.
El Juez Titular,

Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Titular,

Abg. Diana Carolina Isea

La suscrita Secretaria Titular hace constar que no se libró el despacho de pruebas por no constar en autos los fotostátos necesarios.

La Secretaria Titular