Nro. 4582
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, DIECINUEVE (19) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE (2.013).-
203° y 154°
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ANGELA ROSA BRICEÑO DE CARRASQUERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.129.303, domiciliada en la Ciudad de Trujillo del Estado Trujillo, debidamente asistida por la Abogada MARGOT BRICEÑO, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro. 70.005, mediante la cual solicita de este Tribunal, se les declare junto con los ciudadanos JOSE RAFAEL, LEANDRO ANTONIO, LEONEL JESUS y LEONARD ALFONSO CARRASQUERO BRICEÑO, como los Únicos y Universales Herederos del De Cujus ANTONIO RAMON CARRASQUERO CABRERA, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.683.780, quien falleció en fecha Veintiséis (26) de Mayo de Dos Mil Trece (2.013), según consta del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Trujillo Estado Trujillo, signada con el Nº 215, de fecha 27-05-2013, la cual cursa al folio 03, de la presente Solicitud. Ahora bien, este Tribunal admite la solicitud con vista a los recaudos presentados: Acta de Defunción del De Cujus ANTONIO RAMON CARRASQUERO CABRERA; Acta de Matrimonio de ANTONIO RAMON CARRASQUERO CABRERA, con la ciudadana ANGELA ROSA BRICEÑO DE CARRASQUERO; Partidas de Nacimiento de los ciudadanos JOSE RAFAEL, LEANDRO ANTONIO, LEONEL JESUS y LEONARD ALFONSO CARRASQUERO BRICEÑO; Declaración de los Testigos, ciudadanas: LINA ROSA ARAUJO BRICEÑO, ALMAR MAYLI ALDANA ARAUJO y YENNY CAROLINA HERNANDEZ VASQUEZ.-
En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1.-) Acta de Defunción del De Cujus ANTONIO RAMON CARRASQUERO CABRERA, con ella se demuestra que el mismo falleció en fecha Veintiséis (26) de Mayo de Dos Mil Trece (2.013), tal como lo alegó la solicitante. 2.-) Acta de Matrimonio de ANTONIO RAMON CARRASQUERO CABRERA, con la ciudadana ANGELA ROSA BRICEÑO DE CARRASQUERO, donde se evidencia el vínculo Matrimonial que existió entre el causante y la mencionada ciudadana. 3.-) Partidas de Nacimiento de JOSE RAFAEL, LEANDRO ANTONIO, LEONEL JESUS y LEONARD ALFONSO CARRASQUERO BRICEÑO, con las mismas se demuestra, que los mencionados ciudadanos eran hijos del extinto ANTONIO RAMON CARRASQUERO CABRERA. 4º) Declaración de los testigos LINA ROSA ARAUJO BRICEÑO, ALMAR MAYLI ALDANA ARAUJO y YENNY CAROLINA HERNANDEZ VASQUEZ, evacuadas por ante la Notaria Pública del Estado Trujillo, en fecha 06 de Septiembre del presente Año Dos Mil Trece (2.013), cursantes a los folios (17, 18 y 19) del presente Expediente, quienes manifestaron, que si los conoce de vista, trato y comunicación desde hace muchos años a la ciudadana ANGELA ROSA BRICEÑO DE CARRASQUERO; Que de igual manera conoció de vista, trato y comunicación al extinto ANTONIO RAMON CARRASQUERO CABRERA; Que es cierto y les consta que el extinto ANTONIO RAMON CARRASQUERO CABRERA, falleció el día 26 de Mayo del presente año 2.013; Que saben y les constan que al fallecimiento de ANTONIO RAMON CARRASQUERO CABRERA, quedaron como sus Únicos y Universales Herederos, su esposa ANGELA ROSA BRICEÑO DE CARRASQUERO, y sus cuatros hijos JOSE RAFAEL, LEANDRO ANTONIO, LEONEL JESUS y LEONARD ALFONSO CARRASQUERO BRICEÑO,. Dichos testigos la merecen fe a este Juzgador, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.-
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ANTONIO RAMON CARRASQUERO CABRERA, quien falleció en fecha Veintiséis (26) de Mayo de Dos Mil Trece (2.013), según consta del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Trujillo Estado Trujillo, a los ciudadanos: ANGELA ROSA BRICEÑO DE CARRASQUERO, JOSE RAFAEL, LEANDRO ANTONIO, LEONEL JESUS y LEONARD ALFONSO CARRASQUERO BRICEÑO, titulares de la cédulas de identidad Nros V-2.129.303, V-12.499.585, V-13.377.542, V-5.759.954 y V-10.316.273 respectivamente, la Primera en su condición de Esposa, y los siguientes como hijos del causante ANTONIO RAMON CARRASQUERO CABRERA.-
Se deja a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.
Devuélvase todas las actuaciones en Original a la solicitante, y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el Archivo de este Juzgado.
EL JUEZ
ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. YADIRA CALLES ARAUJO
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