Solicitud Nro. 4591
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, DIECINUEVE (19) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE (2.013).-
203° y 154°
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARIA JOSEFINA BASTIDAS DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V-5.757.103, domiciliada en el Municipio y Estado Trujillo, debidamente asistida por el Abogado JUAN CARLOS ROJAS LUJANO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 167.122, mediante la cual solicita de este Tribunal, se les declare junto con los ciudadanos JUAN CARLOS RAMON CASTELLANOS URBINA, RITA GUADALUPE CASTELLANOS BRICEÑO, VIRGILIO RAMON CASTELLANOS BRICEÑO, ANA PATRICIA CASTELLANOS BRICEÑO, JOSE LUIS CASTELLANOS URBINA y RICARDO JOSE CASTELLANOS CALDERA, como los Únicos y Universales Herederos del De Cujus VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.313.673, quien falleció en fecha Dieciocho (18) de Agosto de Dos Mil Diez (2.010), según consta del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Trujillo Estado Trujillo, signada con el Nº 173, de fecha 23-08-2010, la cual cursa al folio 03, de la presente Solicitud. Ahora bien, este Tribunal admite la solicitud con vista a los recaudos presentados: Acta de Defunción del De Cujus VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS; Sentencia de Acción Mero Declarativa Concubinaría de VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS, con la ciudadana MARIA JOSEFINA BASTIDAS DE SANCHEZ; Partidas de Nacimiento de los ciudadanos JUAN CARLOS RAMON CASTELLANOS URBINA, RITA GUADALUPE CASTELLANOS BRICEÑO, VIRGILIO RAMON CASTELLANOS BRICEÑO, ANA PATRICIA CASTELLANOS BRICEÑO, JOSE LUIS CASTELLANOS URBINA y RICARDO JOSE CASTELLANOS CALDERA; Declaración de los Testigos, ciudadanos: VICTORINO ANTONIO SEBASTIAN RUZA y DAVID ALEXANDER GARCIA.-
En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1.-) Acta de Defunción del De Cujus VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS, con ella se demuestra que el mismo falleció en fecha Dieciocho (18) de Agosto de Dos Mil Diez (2.010), tal como lo alegó la solicitante. 2.-) Sentencia de Acción Mero Declarativa Concubinaría emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo de VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS, con la ciudadana MARIA JOSEFINA BASTIDAS DE SANCHEZ, donde se evidencia la Unión Estable que existió entre el causante y la mencionada ciudadana. 3.-) Partidas de Nacimiento de JUAN CARLOS RAMON CASTELLANOS URBINA, RITA GUADALUPE CASTELLANOS BRICEÑO, VIRGILIO RAMON CASTELLANOS BRICEÑO, ANA PATRICIA CASTELLANOS BRICEÑO, JOSE LUIS CASTELLANOS URBINA y RICARDO JOSE CASTELLANOS CALDERA, con las mismas se demuestra, que los mencionados ciudadanos eran hijos del extinto VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS. 4º) Declaración de los testigos VICTORINO ANTONIO SEBASTIAN RUZA y DAVID ALEXANDER GARCIA, evacuadas por ante este Tribunal, en fecha 03 de Octubre del presente Año Dos Mil Trece (2.013), cursantes a los folios (28 y 29) del presente Expediente, quienes manifestaron, que si conocieron de vista, trato y comunicación al causante VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS; Que conocen de vista, trato y comunicación a la ciudadana MARIA JOSEFINA BASTIDAS DE SANCHEZ, y a cada uno de sus hijos; Que es cierto y les consta que el extinto VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS, falleció el día 18 de Agosto del año Dos Mil Diez (2.010); Que saben y les constan que el extinto VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS, mantuvo una relación concubinaría con la ciudadana MARIA JOSEFINA BASTIDAS DE SANCHEZ, por muchos años y este a lo largo de su vida solo procreo Seis hijos quienes llevan por nombre: JUAN CARLOS RAMON CASTELLANOS URBINA, RITA GUADALUPE CASTELLANOS BRICEÑO, VIRGILIO RAMON CASTELLANOS BRICEÑO, ANA PATRICIA CASTELLANOS BRICEÑO, JOSE LUIS CASTELLANOS URBINA y RICARDO JOSE CASTELLANOS CALDERA; Que saben y les consta que los Únicos y Universales Herederos del extinto VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS, son los ciudadanos MARIA JOSEFINA BASTIDAS DE SANCHEZ, JUAN CARLOS RAMON CASTELLANOS URBINA, RITA GUADALUPE CASTELLANOS BRICEÑO, VIRGILIO RAMON CASTELLANOS BRICEÑO, ANA PATRICIA CASTELLANOS BRICEÑO, JOSE LUIS CASTELLANOS URBINA y RICARDO JOSE CASTELLANOS CALDERA. Dichos testigos la merecen fe a este Juzgador, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.-
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS, quien falleció en fecha Dieciocho (18) de Agosto de Dos Mil Diez (2.010), según consta del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Trujillo Estado Trujillo, a los ciudadanos: MARIA JOSEFINA BASTIDAS DE SANCHEZ, JUAN CARLOS RAMON CASTELLANOS URBINA, RITA GUADALUPE CASTELLANOS BRICEÑO, VIRGILIO RAMON CASTELLANOS BRICEÑO, ANA PATRICIA CASTELLANOS BRICEÑO, JOSE LUIS CASTELLANOS URBINA y RICARDO JOSE CASTELLANOS CALDERA, titulares de la cédulas de identidad Nros V-5.757.103, V-11.613.798, V-15.827.398, V-17.865.622, V-16.651.195, V-13.925.732 y V-15.827.408 respectivamente, la Primera en su condición de Concubina, y los siguientes como hijos del causante VIRGILIO RAMON CASTELLANOS SALAS.-
Se deja a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.
Devuélvase todas las actuaciones en Original a la solicitante, y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el Archivo de este Juzgado. Conforme a lo solicitado se acuerda expedir Cuatro (04) Copias Fotostáticas debidamente certificadas por Secretaria, de conformidad a lo previsto en el Articulo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ
ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. YADIRA CALLES ARAUJO
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