REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, veintinueve (29) de noviembre dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: KH12-S-2006-000002
DEMANDANTE: Hermana Rosario Rojas Sayago, titular de la cédula de identidad Nº E- 82.272.664, domiciliada en esta ciudad de Carora.
BENEFICIARIA: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), titular de la cedula de identidad Nº (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.).
MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR.
En fecha 24 de febrero de 2006, el Consejo de Protección del Niño y de Adolescente del municipio Torres del estado Lara, presento actuaciones ante el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en beneficio de la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.).
En fecha 03 de marzo de 2006, se admitió la solicitud por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la Sala de Juicio Nº 01, se ordenó citar al ciudadano Freddys Segundo Siritt Chávez, titular de la cédula de identidad Nº 7.308.117, a la ciudadana Carmen Odilia Alvarez Pacheco, titular de la cédula de identidad Nº 6.574.600, a la ciudadana Rosario Rojas Sayago, titular de la cedula de identidad Nº E-82.272.664, a la ciudadana Graciela Alvarez Pacheco, titular de la cédula de identidad Nº 6.574.691, a los fines de que expusieran lo conducente con respecto a la presente causa. Asimismo, se ordenó oficiar al Jefe Civil de la Parroquia Chiquinquirá a los fines de que hiciera comparecer a la ciudadana Graciela Alvarez Pacheco. También, se ordenó oír la opinión de la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), oficiar a la Dra. Odaly Duque, a los fines de practicar un informe psiquiátrico a los padres de la niña; notificar a la Trabajadora Social, a los fines de practicar un informe social a la niña y a su entorno familiar; notificar al Fiscal VIII del Ministerio Publico.
En fecha 25 de julio de 2.006, la Juez de la Sala de Juicio Nº 1, dictó medida de colocación en entidad de atención, a favor de la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), en la Casa Hogar Santa Maria Goretti. Posteriormente, se hicieron los respectivos seguimientos de la medida.
En fecha 23 de abril de 2009, esta juzgadora se avoco al conocimiento de la presente causa conforme a Resolución Nº 2008-0032 de fecha 06 de agosto de 2008, de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39034 de fecha 09 de octubre de 2.008.
Este Juzgado observa:
De la revisión exhaustiva del presente asunto se desprende que la beneficiaria (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), cumplió la mayoría de edad, tal como consta en la copia de la partida de nacimiento que corre inserta al folio cuatro (04) de autos. También consta al folio trescientos cincuenta y ocho (358) de autos que la referida ciudadana fue autorizada para la movilización permanente de la cuenta de ahorros Nº 0175-0064-30-0061619948, del Banco Bicentenario, trayendo como consecuencia la finalización de este procedimiento, tanto en su aspecto procesal como contable. Así se decide.
DECISIÓN
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Terminada la Colocación Familiar dictada en fecha 25 de julio de 2006 y se ordena su remisión al archivo judicial.
Expídase por la secretaria copia certificada de esta sentencia para el archivo.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 28 de noviembre de 2013. Año 203º y 154º.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION
Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
LA SECRETARIA
Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVAS
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 494 - 2.013 y se publicó siendo las 03:25 p.m
LA SECRETARIA
Abg. YACKELIN VILLEGASNAVAS
KH12-S-2006-000002
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