REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 13 de noviembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2010-000678
FUNDAMENTACION DE OTORGAMIENTO
DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO

Este Juzgado como punto previo acordó en fecha 20 de Agosto de 2013 la celebración de la audiencia de conformidad con lo dispuesto en el articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal con ocasión a la orden de aprehensión que pesaba sobre el ciudadano NARVIS JOSE MARTINEZ PEREZ , Cédula de Identidad Nº V.- , oportunidad en la cual ante la solicitud que hicieron las partes, con fundamento en los dispuesto en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, declarar con lugar el Recurso de Nulidad opuesto por la Defensa técnica contra el escrito acusatorio presentado por el Ministerio Publico en fecha 29-05-2013 todas vez que pudo verificarse que no fue imputado conforme a lo previsto en los artículos 126 y 127 del Código Orgánico Procesal Penal al referido ciudadano por los delitos de DESTRUCCÒN DE VEGETACIÒN EN LAS VERTIENTES Y ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES , previsto y sancionado en el artículo en el artículo 57 y 58 de la Ley penal del Ambiente , y se acordó celebrar de forma inmediata el acto de imputación de conformidad con lo dispuesto en el articulo 356 del Código Orgánico Procesal Penal, y se acuerdo celebrar de forma inmediata el acto de imputación de conformidad con lo dispuesto en el articulo 356 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Vista el Acto de Imputación celebrado en fecha 20-08-2013, conforme con el artículo 356 del Código Orgánico Procesal Penal, correspondiente al ciudadano NARVIS JOSE MARTINEZ PEREZ , Cédula de Identidad Nº V.- , por la presunta comisión del delito de: DESTRUCCÒN DE VEGETACIÒN EN LAS VERTIENTES Y ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES , previsto y sancionado en el artículo en el artículo 57 y 58 de la Ley penal del, y se acordó celebrar de forma inmediata el acto de imputación de conformidad con lo dispuesto en el articulo 356 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que corresponde a este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Nº 5 , fundamentar el otorgamiento de la de la Medida Alternativa a la Prosecución del Proceso, de Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 356 del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos 358, 359 y 361 del Código Orgánico Procesal Penal, y hace las siguientes consideraciones: 1) Mantenerse en la dirección aportada y en caso de cambio informarla al Tribunal 2) Abstenerse de incurrir en delitos Ambientales, 3) Participar en Charlas en el Ministerio del Ambiente y Reforestación de 300 plántulas debe comparecer a la Unidad Técnica de supervisión y Orientación.-
El Fiscal expuso: “No me opongo que restituyan el lapso de Suspensión Condicional del Proceso.-
La Defensa expuso: Solicito se restituya el lapso de Suspensión Condicional del Proceso, y se deja sin efecto la Orden de Aprehensión dictada en contra de mi defendido”.-
DISPOSITIVA:
Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control Estadal y Municipal Nº 5 del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Se acuerda restituirle el lapso de Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de SEIS (06) MESES, a partir de la fecha de presentación ante el Delegado de Prueba , imponiéndole las condiciones previstas en el Articulo 1,4 y 7 del Código Orgánico Procesal Penal como: : 1) Mantenerse en la dirección aportada y en caso de cambio informarla al Tribunal 2) Abstenerse de incurrir en delitos Ambientales, 3) Participar en Charlas en el Ministerio del Ambiente y Reforestación de 300 plántulas debe comparecer a la Unidad Técnica de supervisión y Orientación. SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto la ORDEN DE APREHENSIÒN librada en contra de l ciudadano: NARVIS JOSE MARTINEZ PEREZ, Cédula de Identidad Nº V.- .-
EL JUEZ DE CONTROL Nº 5

EL SECRETARIO

ABG. OSWALDO JOSÉ GONZÁLEZ ARAQUE