REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción
Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de noviembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: KP02-R-2013-000190
PARTE ACTORA: ANTONIO RAFAEL MARTINEZ CAMACARO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 10.672.658.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ADELA CAMPOS, RONALD ALEJANDRO SUAREZ CAMPOS y MILEXA LINARES TREJO, Abogados en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nros. 71.925, 127.407 y 25.992, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: DULCE MARLENE NAVAS NAVAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 7.421.904.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MILAGROS MEDINA, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 92.488.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE UNIÓN CONCUBINARIA


Vista la diligencia de fecha 15-11-2013, suscrita y presentada por la Abogada ADELA CAMPOS, Apoderada Judicial del ciudadano ANTONIO RAFAEL MARTINEZ CAMACARO, parte actora en el presente juicio, mediante la cual DESISTE de la apelación interpuesta en el presente juicio, y solicita se remita el expediente al Tribunal de origen a los fines de su archivo.

En consecuencia, este Juzgado Superior Primero Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por CONSUMADO dicho DESISTIMIENTO y en consecuencia, LO PASA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, quedando FIRME la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del estado Lara, el 21 de diciembre de 2012, en el juicio de DECLARACIÓN DE UNIÓN CONCUBINARIA intentado por ANTONIO RAFAEL MARTINEZ CAMACARO contra DULCE MARLENE NAVAS NAVAS, que declaró SIN LUGAR la acción intentada.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada al libro respectivo.

Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de su procedencia, a los fines legales consiguientes.

Regístrese, publíquese y bájese.

El Juez Provisorio,
El Secretario,
Dr. Saúl Darío Meléndez Meléndez
Abg. Julio Montes
Publicada en su fecha, en horas de despacho. Seguidamente y en la misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado.
El Secretario,

Abg. Julio Montes