REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años 203º y 154º
Nº DE EXPEDIENTE: KP02-L-2013-000930
PARTE DEMANDANTE: OSCAR ANTONIO BRITO, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad número 12.248.276 y de este domicilio.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: ORANGEL BRICEÑO PEREZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 138.781.
PARTE DEMANDADA: REPRESENTACIONES NUTRE, C.A (RENUTRE), CONFYS, C.A, RCP INVERSIONES, C.A, PEPITO, C.A, DCDS, C.A en la persona de el ciudadano LEONARDO DA CORTE FERREIRA, en su carácter de REPRESENTANTE LEGAL y a titulo personal , en lo que respecta a la empresa TRANSPORTE SILCOR, S.R.L en la persona de el ciudadano JOSE LEONARDO DA CORTE FRANCO, en su carácter de REPRESENTANTE LEGAL y a titulo personal, solidariamente a los ciudadanos, LUIS DA SILVA SANTOS, ROBERTO CARLOS DA CORTE FRANCO, NELSON ENRIQUE DA CORTE FRANCO y DAVID ALEXANDER DA SILVA SOTELDO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-
Sentencia: Interlocutoria con fuerza de definitiva.
En fecha 23 de septiembre de 2.013, fue presentada por ante la URDD CIVIL demanda por cobro de Prestaciones Sociales, intentada por el ciudadano OSCAR ANTONIO BRITO cédula de identidad número 12.248.276 y de este domicilio, a través de su apoderado judicial Abogado ORANGEL BRICEÑO PEREZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 138.781 contra REPRESENTACIONES NUTRE, C.A (RENUTRE), CONFYS, C.A, RCP INVERSIONES, C.A, PEPITO, C.A, DCDS, C.A en la persona de el ciudadano LEONARDO DA CORTE FERREIRA, en su carácter de REPRESENTANTE LEGAL y a titulo personal asi como a la empresa TRANSPORTE SILCOR, S.R.L en la persona de el ciudadano JOSE LEONARDO DA CORTE FRANCO, en su carácter de REPRESENTANTE LEGAL y a titulo personal, solidariamente a los ciudadanos, LUIS DA SILVA SANTOS, ROBERTO CARLOS DA CORTE FRANCO, NELSON ENRIQUE DA CORTE FRANCO y DAVID ALEXANDER DA SILVA SOTELDO; siendo recibido por este Tribunal, en fecha 25 de septiembre de 2.013, procediéndose a su revisión conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y admitiéndose en tiempo oportuno.
Es el caso que en fecha 08/11/2013, el apoderado actor Abogado ORANGEL BRICEÑO, consigna por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) diligencia constante de un folio útil en la que expone: DESISTO DE LA PRESENTE INSTANCIA con respecto a los demandados: “TRANSPORTE SILCOR, S.R.L.” DAVID ALEXANDER DA SILVA SOTELDO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.387.840; y, NELSON ENRIQUE DA CORTE FRANCO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.597.094;”
Este Tribunal luego de haber visto la manifestación de voluntad de la parte actora, de desistir de la presente causa por demanda de cobro de prestaciones sociales, solo respecto a “TRANSPORTE SILCOR, S.R.L.” DAVID ALEXANDER DA SILVA SOTELDO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.387.840; y, NELSON ENRIQUE DA CORTE FRANCO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.597.094;”, conforme al artículo 263 del Código de procedimiento Civil acuerda homologar el desistimiento del procedimiento únicamente en lo referente a las personas indicadas supra, continuando respecto a REPRESENTACIONES NUTRE, C.A (RENUTRE), CONFYS, C.A, RPC INVERSIONES, C.A, PEPITO, C.A, DCDS, C.A, y los ciudadanos LEONARDO DA CORTE FERREIRA, JOSE LEONARDO DA CORTE FRANCO, LUIS DA SILVA SANTOS y ROBERTO CARLOS DA CORTE FRANCO Así lo declara.
DECISION
Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistido el procedimiento por cobro de prestaciones sociales, interpuesta por el ciudadano OSCAR ANTONIO BRITO cédula de identidad número 12.248.276 y de este domicilio, contra el ciudadano “TRANSPORTE SILCOR, S.R.L.” DAVID ALEXANDER DA SILVA SOTELDO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.387.840; y, NELSON ENRIQUE DA CORTE FRANCO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.597.094;”
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil trece (2.011). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Juez
Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria
Abg. María Kamelia Jímenez
Nota: En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión.
La Secretaria.
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